Regimen de Becas Para Capacitacion E Investigacion

EmisorConsejo Profesional de Ciencias Economicas Resolución Camara Ii Nº 23 2011
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2012

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS

RESOLUCION CAMARA II Nº 23/2011

VISTO:

Las facultades otorgadas por la Ley 8738 (t.o.)

CONSIDERANDO:

Que las exigencias actuales imponen a los profesionales una continua capacitación y actualización de sus conocimientos.

Que la posibilidad de actualizarse y capacitarse es, entre otras cosas, mediante la asistencia y participación en eventos técnico-académicos;

Que resulta conveniente establecer mecanismos que procuren incentivar la capacitación de los profesionales para jerarquizar la profesión.

Por todo ello

LA CAMARA SEGUNDA DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS

ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE:

Artículo 1°

Objetivos de las Becas.

Establecer un régimen de Becas las que siempre deberán tener como propósito estimular la capacitación, la actualización, el perfeccionamiento y la investigación; apoyando o facilitando la asistencia de los profesionales a eventos técnico-académicos en sus distintas especialidades.

Artículo 2°

Tipos de Becas.

Establecer los siguientes tipos de becas para los profesionales:

  1. Becas anuales para Institutos y Comisiones Técnicas.

  2. Becas por Presentación de Trabajos.

  3. Becas Especiales.

Artículo 3°

Becas anuales para Institutos y Comisiones Técnicas.

Establecer un sistema de becas para Institutos y Comisiones de acuerdo a las siguientes normativas:

  1. Cupo Anual de Becas

    Los Institutos y Comisiones podrán disponer para sus miembros, para asistir a Jornadas, Congresos, Seminarios, Cursos u otros eventos técnico-académicos, del siguiente cupo anual de becas:

    2 (dos) becas fijas, independientemente de la cantidad de miembros del Instituto o Comisión.

    1 (una) beca adicional por cada 5 (cinco), o múltiplos de 5 (cinco), miembros que hayan conformado el padrón electoral para la elección de Autoridades del año en curso. Para el cómputo de estas becas adicionales se considerarán miembros integrantes del padrón electoral y con derecho a voto, aquellos que cumplan los requisitos establecidos por el Reglamento Unico para Institutos y Comisiones vigente al momento, en sus articules 4° y 12°.

  2. Requisitos en cuanto al evento:

    Debe tratarse de un evento técnico - académico organizado o auspiciado por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) o la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) o sus entidades miembros.

  3. Requisitos en cuanto al Solicitante/Becado:

    > Ser matriculado activo del Consejo -sea que abone el Derecho Anual de Ejercicio Profesional (DAEP) o la Contribución Anual de Mantenimiento del Registro Matricular (CAMRM); o ser socio del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas Rosario o del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas del Sur de Santa Fe o del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Casilda o de la Asociación de Graduados en Ciencias Económicas de Cañada de Gómez y su Zona o del Centro de Contadores Públicos de Villa Constitución (Colegios); o ser beneficiario de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe (CSS).

    > Ser miembro activo del Instituto o Comisión que solicita la Beca.

    > No registrar deudas respecto a la totalidad de sus obligaciones y compromisos con las Instituciones, a saber:

    - No registrar atrasos de cuotas del DAEP ó CAMRM

    - No registrar atrasos de aportes a la CSS.

    - No registrar atrasos de cuotas del...

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