Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA MEDIDAS ECONOMICAS, 19 de Agosto de 2016, expediente FMP 012155/2015/CA002

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA MEDIDAS ECONOMICAS

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA 12155/2015 REGA, L. c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986 Mar del Plata, de de 2016.

Y VISTOS:

Estos autos de referencia procedentes del Juzgado Federal Nº 4 de esta ciudad.

Y CONSIDERANDO:

I) Que llegan los autos a esta Alzada en virtud de los recursos de apelación incoados por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el ESTADO NACIONAL y por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS contra el decisorio obrante a fs. 185/186 por el que se resolvió imponer las costas a las vencidas en virtud de declarar abstracta la cuestión motivo de la presente acción de amparo.

A fs. 187/190 la Dra. M.M.C., en representación del Estado Nacional, se agravia por cuanto la sentencia arbitrariamente le impone las costas cuando se habría obrado conforme la normativa vigente al momento de presentar el informe previsto en el art. 8º de la ley 16.986.

Agrega que aún cuando se declaró la cuestión abstracta se impusieron las costas en su contra apartándose de los principios rectores en la materia y que rigen supletoriamente tanto para los amparos como para la figura del art. 68 del CPCCN.

Hace reserva del caso federal y solicita se revoque el decisorio cuestionado.

Fecha de firma: 19/08/2016 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CAMARA #27039800#159310301#20160811120247467 Por su parte a fs. 191/193 la Dra. N.B., en representación del BCRA, expresa agravios peticionando que la imposición de costas sea en el orden causado por cuanto no existe en el caso declaración del derecho o resolución judicial, porque al desaparecer los requisitos jurisdiccionales desaparece el poder de juzgar, porque el apelante no reviste el carácter de vencido y por último, por el criterio definitivo establecido por este Tribunal respecto de las mismas cuestiones. Funda su postura, hace reserva del caso federal y peticiona se revoque la sentencia con costas.

Por último a fs. 194/197 la Dra. Calvo en representación de la AFIP expresa agravios respecto a la distribución de las costas y peticiona se revoque la imposición a su representada y se impongan por su orden atento la falta de legitimación pasiva y la modificación de las normativas por parte de la demandada: BCRA. Funda su postura, cita jurisprudencia al respecto, hace reserva del caso federal y solicita se impongan las costas en...

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