Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 24 de Agosto de 2020, expediente FRO 067991/2018/9/RH003

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 67991/2018/9/RH3

Visto, en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 67991/2018/9/RH3 caratulado “Recurso de queja en autos Sumario Averiguación P., I.S.; P., M. por enriquecimiento ilícito (Art.

268 inc. 1 y 2 del C.P) e infracción Art. 303 del C.P

(originario de esta Cámara Federal de Apelaciones).

El Dr. F.L.B. dijo:

  1. - Vinieron los autos a conocimiento del tribunal con motivo del recurso de queja interpuesto por el Ministerio Público Fiscal (fs. 9/15), contra el decreto de fecha 22 de noviembre del 2019 (fs. 7/8) que declaró

    inadmisible el recurso de apelación deducido contra la resolución del 19 de noviembre del 2019 que dispuso el cese del secreto de sumario implantado en la causa (fs. 1/2 y vta.).

  2. - El fiscal se agravió sosteniendo que los fundamentos esgrimidos para solicitar la imposición del secreto de sumario era que la publicidad de las medidas requeridas (entre ellas allanamientos e interceptación de comunicaciones) imposibilitaba ante el rechazo del juez– y aun en el caso de ser revocada la decisión por esta Cámara-

    que pudieran llevarse a cabo de manera exitosa en el futuro,

    por lo que resultaba necesario que se prorrogara el secreto impuesto hasta tanto se resolviera de manera definitiva lo peticionado. Que luego al no haber pronunciamiento de este tribunal, se ordenaron sucesivas prórrogas del secreto en fechas 21 y 28 de octubre de 2019 y 11 de noviembre de 2019.

    Dijo que la decisión fue adoptada en forma intempestiva y se ordenó su notificación a las partes aun cuando no se encontraba firme, lo que posibilitó que los Fecha de firma: 24/08/2020

    Alta en sistema: 25/08/2020

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 1

    Firmado por: I.F.M., SECRETARIO DE JUZGADO

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CÁMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    FRO 67991/2018/9/RH3

    denunciados tuvieran conocimiento de las solicitudes con las graves consecuencias que ello conlleva en la investigación.

  3. - A fojas 17 vta. se dispuso la intervención de esta Sala “A” y se requirió al Juzgado Federal Nro. 2 de la ciudad de San Nicolás, el informe previsto por el artículo 477, segundo párrafo del CPPN, que una vez cumplimentado, quedaron los autos en estado de resolver.

    Y Considerando que:

  4. - Cabe recordar que el artículo 449 del CPPN establece que el recurso de apelación procede contra los autos de sobreseimiento, los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR