Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 10 de Mayo de 2018, expediente CPE 000954/2011/9/RH001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº CPE 954/2011/9/RH1 “Smith, N.M. y otro Cámara Federal de Casación Penal s/queja”

Registro nro.: 497/18 Buenos Aires, 10 de mayo de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Que la Sala A de la Cámara Penal Económico confirmó el rechazo al planteo de nulidad del auto por medio del cual el Juzgado Penal Económico nº 2 citó a N.M.S. y J.M.Q. a prestar declaración indagatoria en los términos del art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación (fs. 50/54 y 87 del incidente que corre por cuerda).

Contra esa decisión la defensa particular de los nombrados interpuso recurso de casación, cuya inadmisibilidad motivó la presentación directa en estudio (ver fs. 93/98 y 102 de la incidencia mencionada y 2/12 del presente).

Y CONSIDERANDO:

Que la parte recurrente no pudo refutar la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que le señalara el a quo para denegar el remedio intentado.

En efecto, la decisión impugnada por su naturaleza y efectos, no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción, ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena. En el mismo sentido, tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación que las decisiones que admiten o deniegan nulidades, por regla, no constituyen sentencia definitiva pues en esta materia prima un criterio de interpretación restrictiva Fecha de firma: 10/05/2018 Alta en sistema: 14/05/2018 Firmado por: LILIANA E. CATUCCI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: EDUARDO R. RIGGI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: MARIA DE LAS MERCEDES LOPEZ ALDUNCIN, SECRETARIA DE CAMARA #31611333#205396168#20180514151144507 (Fallos: 328:1874).

Finalmente, en lo que hace a la doble instancia, tal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR