Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA, 12 de Abril de 2019, expediente FMP 032006228/2013/87/CFC004

Fecha de Resolución12 de Abril de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA FMP 32006228/2013/87/CFC4 Mar del Plata, de abril de 2019.

AUTOS:

El presente incidente N° 32006228/2013/87, en el cual se ha ordenado el decomiso definitivo de bienes registrables de conformidad a las disposiciones del art. 27 de la Ley 25.246 (texto según ley 26.683) y recientemente la Unidad de Información Financiera solicitó se pusieran los mismos a su disposición.

VISTOS:

Concretamente, la UIF solicitó 1) una Toyota Hilux dominio GOL-614; 2) una Jeep dominio GZG-155; 3)

un V.B. son dominio motor número AXR3541S9; 4) un VW Voyage dominio NBO-041; 5) una mercedes B. dominio KZT-189; 6) un VW Bora dominio HHX-458 y 7) una propiedad inmueble sita en calle R. 3640 de esta ciudad.

Corrida vista fiscal, dicho Ministerio se expidió en forma parcialmente favorable a dicho pedido.

Tras evocar sucintamente las instancias que se han dado hasta que quedase firme la orden de decomiso definitivo sobre 14 bienes registrables, el fiscal distinguió tres diferentes situaciones respecto de los siete bienes que se encontrarían ante este Tribunal.

Por un lado, advirtió que los rodados Toyota Hilux dominio GOL-614; Mercedes Benz KZT-I89, VW Voyage dominio NBO- 041 y VW Bora dominio HHX-458 resultan ser los únicos que se encuentran a disposición del Tribunal por haber sido elevados conjuntamente con las actuaciones 31006228 que se encuentran elevadas a juicio y que además sus respectivos dueños se Fecha de firma: 12/04/2019 Firmado por: MARIO ALBERTO PORTELA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.E.O., SECRETARIO DE JUZGADO #30219238#230268544#20190411081654019 encuentran a disposición de este Tribunal (Cfr. autos de elevación de fojas 12.822/12.826).

Por otro lado, indicó que si bien el rodado J.G.C. dominio GZG-155 y el VW Bora sin dominio motor nro. AXR354189, se encuentran asimismo a disposición del Tribunal en la actualidad, los mismos pertenecen a un imputado sobre el cual ese Tribunal carece de jurisdicción: H.A.E..

Tal como resalta el fiscal, el mencionado se encontraba prófugo desde el mes de septiembre del año 2016 y recién fue capturado con fecha 8 de febrero del corriente año en la ciudad de Gualeguaychú. Su situación procesal se encuentra aún en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia.

En ese sentido, entiende que debería ser el juzgado instructor en el que tramitan las actuaciones seguidas contra el nombrado quien decida sobre el destino de dichos rodados, en base a lo solicitado por la Unidad de Información Financiera, para lo cual, deberían ser nuevamente puestos a disposición de dicho órgano jurisdiccional.

Finalmente, como un tercer supuesto, el F. General destacó que el inmueble sito en calle R. nº3640, además de no encontrarse a disposición de ese Tribunal, tampoco forma parte de las maniobras imputadas en el requerimiento de elevación a juicio; por lo que dictaminó que la solicitud de la UIF en este punto, debe ser rechazada.

Todo por lo cual concluyó que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 párrafo 7mo del CP, art 27 de la ley 25.246 sobre cuya aplicación se expidiera la Sala I de la CNCP, únicamente puede Fecha de firma: 12/04/2019 Firmado por: MARIO ALBERTO PORTELA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.E.O., SECRETARIO DE JUZGADO #30219238#230268544#20190411081654019 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA FMP 32006228/2013/87/CFC4 hacerse lugar a lo...

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