Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 10 de Mayo de 2019, expediente CFP 005048/2016/83/RH042

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 5048/2016/83/RH42 REGISTRO NRO. 864/19.4 Buenos Aires, 10 de mayo de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 5048/2016/83/RH42 acerca de la queja, por recurso de casación denegado, interpuesta a fs. 20/29vta. por la Defensa Pública Oficial asistiendo a M.L. y G.D.M. contra la decisión de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la ciudad de Buenos Aires, en cuanto confirmó, con fecha 6 de febrero del corriente año, la decisión del juez instructor que dispuso la inhibición general de bienes respecto de los nombrados y el bloqueo a las cajas de seguridad (cfr. fs. 3/5vta.).

Y CONSIDERANDO:

Que la queja en estudio no habrá de prosperar en la medida en que la resolución recurrida en casación no supera el límite de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N. ya que no se trata de una sentencia definitiva o equiparable a tal por sus efectos.

Si bien el impugnante alegó la violación de derechos laborales y patrimoniales, no logró demostrar de qué manera concreta les produce a sus asistidos un agravio de imposible y tardía reparación ulterior, a efectos de equiparar dicho pronunciamiento a uno de carácter definitivo y habilitar así la instancia casatoria (Fallos 328:1108, “DI NUNZIO”, rta. el 3 de mayo de 2005).

Por lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: I. NO HACER LUGAR a la queja interpuesta a fs. 20/29vta. por la Defensa Pública Oficial, asistiendo a M.L. y G.D.M., sin costas (arts. 477, 478, 530 y 531 in fine del C.P.P.N.).

Fecha de firma: 10/05/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION...

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