Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 17 de Septiembre de 2019, expediente CFP 014119/2015/8/RH003

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I CFP 14119/2015/8/RH3 Registro Nro. 1668/19 Buenos Aires, 17 de septiembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 14119/2015/8/RH3, caratulada “Bravo, G.M. y otro s/

recurso de queja” del registro de esta Sala I, acerca de la queja por recurso de casación denegado interpuesta a fs. 1/19 por la defensa particular de G.M.B. y R.M..

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en el marco del proceso principal que origina esta incidencia, el magistrado a cargo de la instrucción resolvió -en lo pertinente- decretar el procesamiento sin prisión preventiva y embargo de R.M. en orden al delito previsto y reprimido por el art. 248 del Código Penal, en su modalidad comisiva, y trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $250.000.- (pesos doscientos cincuenta mil); y, reformular el auto de procesamiento sin prisión preventiva oportunamente dictado respecto de G.M.B. por el tipo penal previsto en el art. 248 del Código Penal, en su modalidad comisiva, y ampliar el embargo fijado hasta cubrir la suma de $250.000.-

    (pesos doscientos cincuenta mil), cfr. fs. 185/186 del auto de procesamiento dictado en la causa CFP 14119/2015, que se encuentra agregado en soporte digital al presente legajo.

  2. Tal decisión fue apelada ante la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, que el pasado 14 de junio resolvió: “

  3. CONFIRMAR el auto recurrido por cuanto PROCESÓ a F.O.C. y R.M. por el delito del art. 248, CP. II-REDUCIR los embargos fijados hasta cubrir la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000)…”, cfr. fs. 35/37 vta..

    Que a su vez, contra dicho pronunciamiento la defensa particular de G.M.B. y R.M.F. de firma: 17/09/2019 Alta en sistema: 18/09/2019 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #33853856#243784098#20190918081655531 Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I CFP 14119/2015/8/RH3 interpuso recurso de casación, cuya denegatoria motivó la presentación directa ante esta instancia (cfr. fs. 1/19, 38/52 y 55 del presente legajo).

  4. Que liminarmente habrá de examinarse la procedencia de la queja incoada respecto del imputado R.M.. Así pues, se advierte que la decisión impugnada –en cuanto confirmo el procesamiento sin prisión preventiva del nombrado–...

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