Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 11 de Septiembre de 2019, expediente FMZ 013017007/2011/7/RH002

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal S. II Causa Nº FMZ 13017007/2011/7/RH2 “Ramírez, C.R. s/ recurso de queja”

Registro nro.: 1805/19 LEX nro.: FMZ 013017007/2011/7/RH002 Buenos Aires, 11 de septiembre de 2019.

VISTOS.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la S. “B” de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la resolución del juez instructor que rechazó la excepción de incompetencia planteada por la defensa.

    Contra dicho pronunciamiento dedujo recurso de casación la asistencia técnica de C.R., cuyo rechazo motivó la presentación directa en estudio.

  2. ) Que habrá de confirmarse el criterio denegatorio, pues la impugnación intentada resulta inadmisible. Ello así, pues la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido reiteradamente que los autos que resuelven cuestiones de competencia no constituyen, en principio, sentencia definitiva en los términos del artículo 14 de la ley 48 (Fallos: 252:209; 258:175, 176; 261:204; 274:424; 288:95; 298:212; 301:615; 303:802; 305:502) y tampoco se verifica supuesto alguno que, en la jurisprudencia del máximo tribunal, permita hacer excepción a dicha regla (Fallos 306:172 308:1960; 306:2101; 311:522; 295:476; 305:913; 312:542, esta S. causa nro. 15205 “F., S. y otros s/ rec. de casación”, rta. 11/5/11, reg. nro. 19921 y S.I. de esta Cámara in re “Suglia Héctor O y D., J.A.S.s..

    de queja” Reg. 177/96 del 14/6/96), razón por la que la resolución atacada no resulta recurrible por la vía intentada.

    Por lo demás, no se ha acreditado en el caso la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la Fecha de firma: 11/09/2019 Alta en sistema: 16/09/2019 Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado(ante mi) por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA #33391925#233348337#20190916113744034 competencia de esta Cámara de Casación como tribunal intermedio conforme la...

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