Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 15 de Diciembre de 2020, expediente CIV 103160/2012/6/RH005

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2020
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

103160/2012

Recurso Queja Nº 6 - c/ LOS RIOS INVESTMENT SOCIEDAD

ANONIMA s/EJECUCION DE EXPENSAS

Nota: se deja constancia que de la compulsa del sistema informático surge que con fecha 23 de octubre de 2020, el Dr. G dejó asentada nota. Buenos Aires, de noviembre de 2020.-

Buenos Aires, de de 2020.- NB

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La ejecutada Los Ríos Investment S.A. interpuso recurso de queja por la apelación denegada el día 20 de octubre de 2020, contra la providencia de fecha 16 de diciembre de 2019, que ordenó intimación de pago por los nuevos períodos por los que se amplió la ejecución.-

  2. De la compulsa de las actuaciones surge que en el apartado II de la providencia de fecha 15 de noviembre de 2019, la jueza de primera instancia desestimó el pedido de nulidad de la subasta decretada en autos. Como consecuencia, contra ella, se interpuso recurso de apelación, el que fue concedido con fecha 5 de diciembre de 2019.-

    Con posterioridad, y conforme fuera señalado precedentemente,

    mediante la providencia de fecha 16 de diciembre de 2019, se intimó a la accionada a abonar la ampliación de los períodos reclamados en la ejecución.-

    Esta resolución fue recurrida y apelada subsidiariamente por la quejosa –mediante presentación incorporada el día 20 de octubre de 2020-; por considerar que la concesión del recurso con fecha 5 de diciembre de 2019,

    suspendía el trámite del proceso.-

    El recurso de reposición fue desestimado por cuanto la magistrada consideró que el recurso de apelación concedido respecto de la Fecha de firma: 15/12/2020

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.P., PROSECRETARIO LETRADO

    Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA

    resolución que rechazaba el planteo de la nulidad del auto de subasta no se relacionaba con la ampliación de demanda. Asimismo, respecto del recurso de apelación interpuesto en subsidio, lo desestimó por considerar que tal decisión no le causaba gravamen irreparable –ver providencia de fecha 20 de octubre de 2020.

    Frente a dicha resolución, la quejosa interpuso recurso de queja.

    En sus fundamentos, manifestó que el recurso concedido con fecha 5 de diciembre de 2019 habría sido admitido con efecto suspensivo, por lo que no correspondía continuar con el trámite de las actuaciones. Así, la ejecutada planteó que la jueza al denegar el recurso de apelación conculcó la preclusión de la...

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