Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 29 de Marzo de 2019, expediente CCC 038757/2009/6/RH002

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal Sala III

Causa Nº CCC 38757/2009/6/RH2

S., M. y otro s/recurso de queja

Registro nro.: 307/19

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, confirmó el rechazo del planteo de extinción de la acción penal por prescripción formulado por la defensa de M.S. y C.C..

Contra dicha decisión el letrado particular dedujo recurso de casación cuyo inadmisibilidad motivó la presentación directa en estudio.

Y CONSIDERANDO:

Habrá de confirmarse el criterio del auto denegatorio del recurso pues la decisión impugnada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni equiparable en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación.

  1. respecto, tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación que las decisiones cuya consecuencia sea la obligación de continuar sometido a proceso criminal no reúnen la calidad de sentencia definitiva a los efectos del art. 14

de la ley 48 (Fallos: 307:1030, entre muchos otros) y esto es lo que ocurre con las resoluciones que rechazan la prescripción de la acción penal (Fallos: 312:552 y 573;

314:545 y 315:2049, entre otros).

De este modo el límite apuntado en el primer considerando tampoco puede ser superado con arreglo a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Di Nunzio” (Fallos 328:1108), pues de dicho pronunciamiento no puede extraerse otra consecuencia que la de que esta Cámara Federal de Casación Penal deberá conocer -como órgano judicial intermedio en el sentido de la doctrina de Fallos: 318:514 y Fecha de firma: 29/03/2019

A.ta en sistema: 03/04/2019

Firmado por: LILIANA E. CATUCCI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1

Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

Firmado(ante mi) por: M.V.P., PROSECRETARIA DE CAMARA

319:585- de las cuestiones federales resueltas por sentencias definitivas o resoluciones equiparables a estas últimas previstas legalmente o que surjan de la jurisprudencia del A.to Tribunal.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

DECLARAR INADMISIBLE la queja por...

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