Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 1 de Diciembre de 2020, expediente FPA 000063/2020/5/RH001

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 63/2020/5/RH1

Paraná, 1 de diciembre de 2020.

Y VISTO, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por el Dr. M.J.B., P.; la Dra. C.G.G., V.; y la Dra. B.E.A., Jueza de Cámara, el Expte. N° FPA

63/2020/5/RH1, caratulado: “RECURSO DE QUEJA EN

AUTOS B., J.A.(.); STEFANI,

J.R.; RPB S.A. Y OTROS POR ESTAFA;

INFRACCION ART. 303; EVASION AGRAVADA TRIBUTARIA Y

OTROS”, proveniente del Juzgado Federal de Gualeguaychú, y;

DEL QUE RESULTA:

El Dr. M.J.B., dijo:

Que, llegan estos autos a conocimiento del Tribunal, a los fines de tratar al recurso de queja interpuesto a fs. 1/2 vta., por R.P.B.,

con el patrocinio letrado de I.P.N.,

contra la resolución de fecha 26/10/2020, que denegara la apelación interpuesta oportunamente contra los sobreseimientos dictados respecto de J.A.B. y M.F.B. –cfr.

línea de Actuaciones Sistema Lex100-. Los autos pasan al Acuerdo a fs. 5.

Y CONSIDERANDO:

I- Que, la quejosa, refirió a que el rechazo del recurso de apelación es irrazonable,

puesto que a su entender, la resolución en crisis incurre en arbitrariedad e irrazonabilidad Fecha de firma: 01/12/2020

Alta en sistema: 02/12/2020

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA 1

Firmado por: H.R.F., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

manifiesta al afirmar que el sobreseimiento dictado respecto de J.A.B. podría haber sido apelado por él mismo, pero en su carácter de presidente de la firma RPB S.A..

Efectuó consideraciones respecto del resolutorio apelado, y sostuvo que las conclusiones que llevaron al a-quo a dictar el sobreseimiento de los imputados no se derivan de un razonamiento lógico.

Estimó que en el estado actual de la instrucción no puede ser cercenado su derecho a recurrir, considerando la raigambre convencional de su derecho a obtener una decisión fundada en un plazo razonable.

Solicitó que se conceda el recurso, se haga lugar a la queja revocando los sobreseimientos en cuestión y se prosiga la investigación. Asimismo,

peticionó que se dé tratamiento simultaneo a la presente queja con las apelaciones interpuestas contra las resoluciones que ordenaron unificar la representación de la querella con la firma RPB S.A.

II- Que, las presentes actuaciones tienen inició con el recurso de apelación interpuesto por R.P.B. contra la resolución de fecha 19/10/2020, donde el Magistrado a-quo resolvió

sobreseer a...

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