Recurso Queja Nº 40 - s/CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866, 2º PARRAFO - CODIGO ADUANERO

Fecha18 Julio 2019
Número de expedienteCPE 000171/2016/40/RH005
Número de registro239685829

C.F.C.P. - SALA 1 Causa nº CPE 171/2016/40/RH5 OCHOA SANTAMARIA, I.D. s/ queja REGISTRO N° 1280/19 Cámara Federal de Casación Penal nos Aires, 18 de julio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CPE 171/2016/40/RH5, acerca de la queja por recurso de casación denegado interpuesta por la defensa de I.D.O.S., contra la resolución de la Sala “A” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que -en cuanto aquí interesa– confirmó el procesamiento y embargo trabado sobre los bienes del nombrado, en orden al “delito previsto en el art. 210 del Código Penal (artículo 45 del Código Penal) en concurso real (art. 55 del Código Penal) con el delito previsto por los artículos 864, inciso d), y 866, segundo párrafo, segundo supuesto, del Código Aduanero, en grado de tentativa -artículos 871 y 972 del mismo cuerpo legal-”.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces D.G.B. y D.A.P. dijeron:

Que la presentación directa en estudio no habrá de prosperar en la medida en que la resolución recurrida no supera el límite de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N. ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible que continúen las actuaciones, o de aquellos que deniegan la extinción, conmutación o suspensión de la pena (confr. esta Sala I:

causa CFP 13404/2007/19/RH2, “F., C. s/recurso de queja”, reg. Nº 1206/18, del 26/10/18; causa CPE //561/2013/7/RH1, “G.S., G.M. s/

Fecha de firma: 18/07/2019 Alta en sistema: 19/07/2019 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA...

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