Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 15 de Octubre de 2019, expediente CFP 005048/2016/TO01/34/RH058

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 5048/2016/TO1/34/RH58 REGISTRO N° 2099/19.4 Buenos Aires, 15 de octubre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 5048/2016/TO1/34/RH58 acerca de la queja, por recurso de casación denegado, interpuesta por la defensa particular de C.F. de K. contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 de la Ciudad de Buenos Aires, que no hizo lugar al planteo de recusación del perito oficial, ing. E.B., formulado por esa parte (cfr. fs. 4/14 vta.).

Y CONSIDERANDO:

Que la regla general en la materia establece que la resolución que decide acerca de recusaciones no constituye sentencia definitiva, en los términos establecidos en el art. 457 del código de forma (ver de esta Sala IV, con integración parcialmente diferente, causa N.. 13.446 “LOZANO, S.A. s/recurso de queja”, Reg. n° 458/12, rta. el 4/04/12; causa N.. 13.387 “CATTANEO, J.C. s/recurso de queja”, Reg. n° 461/12, rta. el 4/04/12; causa N.. 14.972 “BOLATTI, J.L.A. s/recurso de queja”, Reg. n° 867/12, rta. el 24/05/12; causa N.. 887/2013 “ALSOGARAY, M.J. s/recurso de queja”, Reg. n° 1669/13, rta. el 12/09/13; causa N.. 1817/2013 “ANDRADA, W.O. y otro s/recurso de queja”, Reg. n° 652/14, rta. el Fecha de firma: 15/10/2019 Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara 1 #33933324#242448912#20191015142242560 23/04/2014; y causas CCC 29907/2013/TO2/20/RH4, Reg.

n° 131/15, rta. el 19/02/15 y FMP 32006032/2011/19/RH2, Reg. n° 968/15, rta. el 26/05/2015, entre otras); incluso en lo que refiere a la recusación de peritos (cfr. causa CCC 3559/2015/31/RH16, Reg. n° 1086/17.4, rta. el 24/08/17).

Este criterio ha sido sostenido también por el tribunal en actuación unipersonal por votos de mis colegas en las causas FRE 138/2018/41/RH2 “SAMPAYO, J.A. y otros s/ recurso de casación”, Reg. n° 777/18, rta. el 3/07/18; CFP 3017/2013/TO2/43/RH86 “BAÉZ, L.A. s/

recurso de casación”, Reg. n° 2027/18, rta. el 17/12/18; FRE 138/2018/80/RH9 “SAMPAYO, J.A. y otros s/ recurso de casación”, Reg. n°

765/19.4, rta. el 30/04/19, y por el suscripto en la causa CFP 5048/2016/TO1/28/RH46, Reg. n° 903/19.4, rta. el 14/5/19; y de manera colegiada por la actual integración en la causa CFP 3215/2015/11/3, Reg. n°

159/19.4, rta. el 22/02/19.

Cabe recordar que en múltiples pronunciamientos la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha denegado los recursos interpuestos contra...

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