Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 5 de Septiembre de 2018, expediente FCB 042667/2017/3/RH001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal Sala III Causa Nº FCB 42667/2017/3/RH1 “Z., D. s/recurso de queja”

Registro nro.: 1132/18 Buenos Aires, 5 de septiembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Que la defensa particular de D.Z. interpuso queja por recurso de casación denegado (ver fs. 1/6vta.), contra la decisión de la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, provincia homónima, que revocó el sobreseimiento del nombrado (fs. 18/28).

Y CONSIDERANDO:

Que el recurrente no puede refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que le señalara el a quo como objeción al recurso que intentó.

En efecto, la decisión impugnada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena.

Además, la parte no ha logrado acreditar fundadamente la existencia de una cuestión federal de entidad suficiente, ni la concurrencia de alguna circunstancia que imponga la habilitación de la competencia de esta Cámara de Casación como tribunal intermedio, conforme las pautas sentadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Di Nunzio”

(Fallos 328:1108).

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

Fecha de firma: 05/09/2018 Alta en sistema: 07/09/2018 Firmado por: LILIANA E. CATUCCI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: MARIA DE LAS MERCEDES LOPEZ ALDUNCIN, SECRETARIA DE...

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