Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 29 de Septiembre de 2017, expediente CNE 000874/2016/3/RH001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal Sala III Causa Nº CNE 874/2016/3/RH1 “M. y H., J.J.

s/recurso de queja”

Registro nro.: 1092/17 Buenos Aires, 29 de septiembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Que la defensa oficial de J.J.M. y H. interpuso queja por recurso de casación denegado (ver fs.

32/36vta.), contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, provincia de Rio Negro, que rechazó

el planteo de recusación formulado por la mencionada parte.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores J.C.G. y C.A.M. dijeron:

Que el recurrente no logra refutar en su presentación directa ante esta Cámara los argumentos del a quo a la hora de rechazar el recurso de casación intentado.

Es que la decisión impugnada no encuadra en los supuestos previstos en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ni se adecua a aquellos de excepción tenidos en cuenta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los precedentes "L.” (Fallos: 328:1491) y "Dieser" (Fallos:

329:3034).

Por ello, proponemos declarar inadmisible la queja deducida, sin costas a la defensa oficial.

El señor juez doctor E.R.R. dijo:

Que por compartir en lo sustancial sus argumentos, adherimos al voto precedente de los distinguidos colegas, pero con costas a la defensa oficial.

Así votamos.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja deducido por la defensa oficial de J.J.M. y H., sin costas –

éstas por mayoría- (artículo 478, 530 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación).

R., notifíquese a la parte recurrente, hágase saber a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada de la CSJN nº

Fecha de firma: 29/09/2017 Alta en sistema: 02/10/2017 Firmado por: EDUARDO...

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