Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 19 de Mayo de 2022, expediente FSM 035021/2020/2/RH001

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

FSM 35021/2020/2/RH1

., B. y otros s/recurso de queja

Registro Nro. 563/22

Buenos Aires, 19 de mayo de 2022.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores D.G.B.-.-, D.A.P. y A.M.F.-.- reunidos de conformidad con lo establecido en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP),

para decidir acerca de la admisibilidad de la queja por recurso de casación denegado interpuesta en el presente legajo nro.

FSM 35021/2020/2/RH1 del registro de esta Sala I, caratulado:

L., B. y otros s/recurso de queja

.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez D.G.B. dijo:

  1. Que, en fecha 7 de marzo de 2022, la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó la resolución del juez de grado que resolvió: “I.DISPONER EL

    INMEDIAT0 REINTEGRO DEL INMUEBLE/PREDIO UBICADO EN

    C.V.S. RURAL, PARCELA 1236 C, Polígonos I y II, denominación interna B3, B.J.H.,

    localidad de Villa Celina, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, a LA CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS

    AIRES (art. 238 bis del CPPN), en los términos ordenados” –el destacado pertenece al original-.

  2. Que, contra ese pronunciamiento, la defensa pública oficial de B.L., J.B., B.L., F.T., R.G., Z.E.B., M.A.G. y A.A.F. interpuso recurso de casación, cuya denegatoria motivó la presentación directa ante esta instancia.

    Fecha de firma: 19/05/2022

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

    FSM 35021/2020/2/RH1

    ., B. y otros s/recurso de queja

  3. Que la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló la cámara de apelaciones como objeción al recurso de casación presentado.

    En efecto, las decisiones relacionadas a medidas cautelares no constituyen, en principio, sentencia definitiva y, en ese sentido, no se encuentran comprendidas en el art.

    457 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), por lo cual son insusceptibles de recurrirse ante esta instancia (cfr. de esta Sala I -con otra integración- causas CFP

    3308/2009/30/RH6, “J., R. y otros s/recurso de queja”,

    Reg. 100/2014, rta. el 30/05/14; CFP 3308/2009/29/RH5,

    J., R. y otros s/recurso de queja

    , Reg. 288/2014,

    rta. el 04/08/14; 14.843/11, “R...

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