Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 4 de Abril de 2019, expediente FBB 016614/2018/2/RH001

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FBB 16614/2018/2/RH1 REGISTRO N° 571 /19.4 Buenos Aires, 4 de abril de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FBB 16614/2018/2/RH1, caratulada: “B., R.J. y otros s/ queja”, acerca de la queja, por recurso de casación denegado, interpuesta por la Defensa Pública Oficial asistiendo a R.J.B., M.L.B., Á.T. y M.J.B., contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca que, con fecha 29 de noviembre de 2018, resolvió, “Hacer lugar al recurso del Ministerio Público Fiscal, revocar el sobreseimiento dictado y devolver la causa a la instancia de grado…” (fs. 10/11 vta.).

En esa dirección, dicha judicatura revocó el sobreseimiento dictado por la juez de grado respecto de los mencionados, en orden a la supuesta apropiación indebida de los recursos de la seguridad social correspondiente a los períodos fiscales julio, agosto, septiembre y noviembre de 2012, por aplicación retroactiva de la ley 27.430.

Y CONSIDERANDO:

Que la queja en estudio fue deducida en debido tiempo y forma, y por quien se encuentra legitimado para ello.

Si bien la presente decisión, por principio, no supera el límite de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N., en el presente caso, corresponde hacer una excepción a ese principio rector Fecha de firma: 04/04/2019 Alta en sistema: 05/04/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #33154143#231077124#20190405091644121 toda vez que la Defensa Pública Oficial alega fundadamente la arbitrariedad de la resolución, permitiendo, de ese modo, equiparar la resolución atacada a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar así esta instancia (C.S.J.N., Fallos 328:1108).

Por lo expuesto, el Tribunal, RESUELVE:

HACER LUGAR a la queja interpuesta a fs. 1/8 vta. por la Defensa Pública Oficial asistiendo a R.J.B., M.L.B., Á.T. y M.J.B., sin costas, DECLARAR ERRÓNEAMENTE DENEGADO el respectivo recurso de casación y, en consecuencia...

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