Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 27 de Diciembre de 2017, expediente CNT 045890/2015/2/RH001

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. nº CNT 45890/2015/2/RH1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA. 36626 AUTOS: “GIMÉNEZ, P.A.S. C/ SULPROM S.A. Y OTRO S/ DESPIDO” (JUZG. Nro.30).

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2017.

VISTO:

El recurso de hecho interpuesto por la parte actora a fs. 22/25.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que si bien la admisibilidad formal de la apertura de la instancia se encuentra condicionada por la regla general de inapelabilidad prevista en el art. 109 de la L.O., lo cierto es que resulta procedente en aquellos supuestos en que por sus particulares características pudiera encontrarse comprometida la eficacia de la administración de justicia o cuando en la etapa de ejecución se plantean cuestiones que de alguna manera pueden lesionar los principios fundamentales de la cosa juzgada o de la defensa en juicio.

Desde esta óptica, el objeto específico del planteo recursivo intentado justifica la excepción a la directriz que dispone el art. 109 L.O.

En consecuencia, corresponde declarar mal denegada la apelación interpuesta a fs. 17/19vta., concederla y disponer su pertinente substanciación del recurso ante el juzgado de Primera Instancia.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Declarar mal denegada la apelación interpuesta a fs. 17/19vta, concederla y disponer su pertinente substanciación ante el Juzgado de Primera Instancia. 2) Remitir los autos al Juzgado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR