Recurso Queja Nº 2 - IMPUTADO: PERALTA, CRISTIAN ANDRES Y OTRO s/APREMIOS ILEGALES A DETENIDOS (ART.144 BIS INC.3) DENUNCIANTE: OLIVARES, PABLO SALVADOR Y OTROS
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
CFCP - Sala
I- FSM 50200/2014/2/CFC1 “P., C.A. s/ recurso de casación”
Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 1385/17 la Ciudad de Buenos Aires, a los once días del mes de octubre del año dos mil diecisiete, se reúnen los integrantes de la Sala Primera de la Cámara Federal de Casación Penal, doctores E.R.R., A.M.F., y L.E.C. bajo la presidencia del primero de los nombrados, asistidos por el Secretario de Cámara, doctor W.D.M., para dictar sentencia en la causa n°50200/2014/2/CFC1 caratulada “P., C.A. s/recurso de casación”, con la intervención del representante del Ministerio Público ante esta Cámara, doctor R.G.W.; del querellante, P.S.O., patrocinado por el S.L.G.D.E. del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de delitos de la Defensoría General de la Nación; y del defensor particular del procesado doctor P.C..
Efectuado el sorteo para que los señores jueces emitan su voto, resultó el orden siguiente: C., R. y F..
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
La señora juez doctora L.E.C., dijo:
Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Cámara a raíz del recurso de casación deducido por la querella contra la resolución de la Sala I de la Cámara Federal de San Martín, que confirmó el sobreseimiento de C.A.P. por el delito de apremios ilegales previsto por el art. 144 bis, inciso 3º (fs. 24/34 vta. y 44/48).
La denegatoria de dicho remedio procesal motivó el recurso de queja ante estos estrados, cuya apertura dio curso a la impugnación intentada (fs. 76/77) que se mantuviera a fs. 91.
Fecha de firma: 11/10/2017 1 Alta en sistema: 13/10/2017 Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: L.E.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #28629256#190265515#20171012120520403 Finalmente, habiéndose superado la etapa prevista en el artículo 468 del Código Procesal Penal de la Nación, la causa quedó en condiciones de ser resuelta.
El acusador particular encausó la vía recursiva en la segunda hipótesis del artículo 456 del código de forma, por defectos lógicos de fundamentación de la sentencia, a raíz de lo cual pidió su nulidad (arts. 404 inc. 2 y 471 del CPPN).
Alegó arbitrariedad y discrecionalidad del tratamiento de todas las circunstancias expuestas en el recurso de apelación interpuesto en su oportunidad.
Manifestó que no se valoraron de manera adecuada las pruebas producidas en el expediente, y cuestionó la negativa del Tribunal a producir nuevas medidas de prueba.
Por último, solicitó que se anule la resolución recurrida, y se revoque el sobreseimiento de C.A.P. dejando sin efecto el archivo dispuesto.
Hizo reserva del caso Federal.
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Las presentes actuaciones se iniciaron con la denuncia formulada por el interno P.S.O. contra el agente penitenciario de la División de Traslados C.A.P. apodado “el perro”.
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Le enrostró dos hechos. El primero del 12 de septiembre de 2014, entre las 9.30 y 10 de la noche, en ocasión de su reingreso al Complejo Penitenciario Federal II de M.P., que no lo hicieron descender junto con los demás, circunstancia que aprovechó el agente penitenciario P. para agredirlo diciéndole “así que vos sos el calladito, el que no dice nada”, y cuando le reclamó que lo hiciera descender recibió como respuesta varios golpes de puño en su rostro y un codazo que le inflamó el pómulo derecho, habiéndole apagado un cigarrillo en la espalda.
El segundo episodio ocurrió el 24 del mismo mes y año, alrededor de las 7 de la mañana, en el módulo...
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