Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 20 de Abril de 2017, expediente CIV 064285/2014/2

Fecha de Resolución20 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 64285/2014 Recurso Queja Nº 2 - DE HOFFMANN, H.A. s/ESCRITURACIONB.A., de abril de 2017.- MPL Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

El recurso de queja previsto en el art. 282 del Código Procesal, exige ineludiblemente, el cumplimiento de los recaudos previstos en el art. 283 del citado ordenamiento, y ello es así toda vez que es criterio reiterado que la queja debe ser autosuficiente, o sea que debe bastarse a sí misma.

Luego, a los fines de su procedencia corresponde que el Tribunal de alzada -verificada su interposición en término- , corrobore si el presupuesto antes señalado ha sido cumplido y si además, se han invocado las razones por las cuales se entiende que el recurso de apelación ha sido mal denegado en las anterior instancia.

En la especie, el recurrente de fs. 13/15, no cumplió con los recaudos expresamente contemplados por el mencionado art. 283 de la ley...

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