Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 11 de Octubre de 2016, expediente FSM 064771/2015/2/RH001

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSM 64771/2015/2/RH1 REGISTRO N°1246/16.4 Buenos Aires, 11 de octubre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FSM 64771/2015/2/RH1, caratulada “D´ANGELO MICHELE y CASAGRANDE ELENA s/queja”, acerca de la presentación directa formulada a fs. 2/10 por el defensor particular M.Á.A..

Y CONSIDERANDO:

Que la vía de hecho no puede prosperar, toda vez que de conformidad con lo expresado (en lo pertinente y aplicable) por esta Sala IV in re “EXOLGAN S.A. - ROMÁN, A.A.” (causa Nro. 15.463, rta.

el 13/12/12, Reg. N.. 2392/12) y “WIRZ, O.E. s/recurso de casación” (causa N.. 16.226, rta. el 13/11/2013, Reg. Nº 2234/2013.4) “…esta Cámara Federal de Casación Penal carece de competencia para tratar los recursos deducidos contra las sanciones derivadas del régimen previsto por la ley 19.359, ya sea porque así lo dispone la legislación específica que rige la materia bajo estudio (art. 9º de la regulación de mentas), ya porque ante este Tribunal, sabido es, sólo tramitan los recursos de casación y de inconstitucionalidad interpuestos contra sentencias definitivas o equiparables a ellas recaídas en actuaciones regidas por la ley 23.984 y de materia estrictamente penal (confr., esta S., causa N..

Fecha de firma: 12/10/2016 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #28715285#163669200#20161012115545292 1915, Reg. N.. 2489.4, “Favicur I.C.S.A. s/rec...

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