Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 6 de Septiembre de 2016, expediente CFP 006073/2003/2/RH001

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 6073 Recurso Queja Nº 2 - s/DELITO DE ACCION PUBLICA IMPUTADO: BANCO CENTRAL DE LA Cámara Federal de Casación Penal “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

REGISTRO N°1618/16.1 Buenos Aires, 6 de septiembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad de la presente queja interpuesta a fs. 41/49 vta. por la defensa particular, ejercida por el doctor C.E.C.F., asistiendo a J.C.F. y E.P., en esta causa N.. CFP 6073/2003/2/RH1, caratulada “Banco Central de la República Argentina”.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, por resolución del 15 de julio de 2015, revocó el sobreseimiento que fue oportunamente dictado por el Juez de Primera Instancia respecto de J.C.F. y E.P.. Contra dicha decisión la defensa interpuso recurso de casación (fs. 27/37 vta.), cuyo rechazo motivó la presentación directa en estudio.

  2. ) Contra la denegatoria del recurso de casación, la defensa interpuso la presentación directa a estudio (fs. 41/49 vta.)

Los señores jueces doctores M.H.B. y G.M.H. dijeron:

Que la queja en estudio fue deducida en debido tiempo por quien se encuentra legitimado para ello.

Ahora bien, Que la decisión recurrida en casación –rechazo de extinción de la acción penal-, por principio, no cumple con el requisito de impugnabilidad Fecha de firma: 06/09/2016 1 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA DE CAMARA #27381450#160009268#20160906144933176 objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N. (cfr.

Sala I: causa nº 1.084, “G.C., I. s/ recurso de queja”, reg. nº 1.256; causa nº 12.064, “DE O., J. s/ recurso de queja”, reg. nº 14.655; S.I.: causa nº 10.613, “TURNER, H.G. s/recurso de queja”, reg. nº 15.089; causa nº 12.085, “RODRÍGUEZ, M.Á. s/ recurso de casación”, reg. nº 15.859; S.I.: causa nº

722, “TRONCOSO REBOLLO, J. s/ recurso de casación”, reg.

nº 73; causa nº 13.208, “LEVI, S.G. s/ recurso de queja”, reg. nº 3/11; y S.I.: causa nº 13.753, “ERLIJMAN, G.M. s/ recurso de queja”, reg. nº

968/12; causa nº 13.939, “GONZÁLEZ, R.A. s/

recurso de queja”, reg. nº 1047.4, entre otras).

Por lo demás, si se demostrase fundadamente...

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