Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 3, 6 de Mayo de 2016, expediente FTU 726163/2010/2/RH001

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2016
EmisorSala 3

Sala III Cámara Federal de Casación Penal Causa Nº FTU 726163/2010/2/RH1 “K., E.M. s/recurso de queja”

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional

Registro nro.: 542/16 Buenos Aires, 6 de mayo de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Que la defensa oficial de E.M.K., W.E.H.C. y R.F. interpuso queja por recurso de casación denegado (ver fs. 46/56vta.), contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, provincia homónima, que confirmó el procesamiento de los nombrados (fs. 19/30).

Y CONSIDERANDO:

Que la parte recurrente no puede refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que le señalara el a quo como objeción al recurso que intentó.

En efecto, la decisión impugnada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena.

Además, la parte no ha logrado acreditar fundadamente la existencia de una cuestión federal de entidad suficiente, ni la concurrencia de alguna circunstancia que imponga la habilitación de la competencia de esta Cámara de Casación como tribunal intermedio, conforme las pautas sentadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Di Nunzio”

(Fallos 328:1108).

En consecuencia, el Tribunal

RESUELVE:

DECLARAR INADMISIBLE la queja interpuesta por la defensa oficial (artículos 478 del Código Procesal Penal de la Nación).

R., notifíquese a la parte recurrente, hágase...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR