Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 8 de Mayo de 2015, expediente FCR 012008008/2008/19/RH002

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2015
EmisorSala 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FCR 12008008/2008/19/RH2 REGISTRO N° 807 /15 Buenos Aires, 8 de mayo de 2015.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente FCR 12008008/2008/19/RH2 del Registro de este Tribunal caratulada: “MANUELIDES, R.A. s/ recurso de queja”, acerca de la presentación directa formulada a fs. 1/16 vta. por la defensa técnica de R.A.M..

  1. Que la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, en el Expte. N.. P-122/12 de su Registro, caratulado “Investigación de supuestos ilícitos cometidos en el Regimiento 8 de Infantería General O´H. y su acumulado ‘LLAMAZARES Hugo S.

    s/dcia.’ Y ‘QUINTEROS Eloiso s/dcia.’” con fecha 23 de mayo de 2013, en lo que aquí interesa, resolvió: “8)

    CONFIRMAR la resolución objeto de recurso en cuanto decreta el procesamiento sin prisión preventiva, de RAFAEL AUGUSTO MANUELIDES, por considerarlo prima facie CO-AUTOR penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio en perjuicio de Eloiso Quinteros (art. 151 del CP) en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada por mediar vejaciones y apremios ilegales reiterado en perjuicio de: H.Q., R.O.G. y L.N. (tres hechos en concurso real art. 55, art. 144 bis, inc. 1 y último párrafo –ley 14.616- agravado en función del art. 142, inc. 1 –ley 20.642- del CP)

    modificando la calificación jurídica de los hechos que damnifican a V.C. y H.S.L. por considerarlos incursos en el delito de privación ilegal de la libertad (art. 144 inc. 1ero C.P.) y PARTICIPE NECESARIO (art. 45 del CP) del delito de: C)

    Privación ilegítima de la libertad agravada por mediar vejaciones y apremios ilegales e imposición de tormentos en perjuicio de: Eloiso Quinteros (art. 144 bis, inc. 1 y último párrafo –ley 14.616- agravado en Fecha de firma: 08/05/2015 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CÁMARA DE CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CÁMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN Firmado(ante mi) por: J.Y.S., PROSECRETARIO DE CAMARA función del art. 142, inc. 1º -ley 20.642- y art. 144 ter., primer párrafo del Código Penal, conforme ley 14.626 vigente al tiempo de los hechos).” (fs.

    5259/5296 de la causa FCR 12008008/2008/17/CFC1).

  2. Que contra esa resolución, la defensa técnica de R.A.M. interpuso recurso de casación, el que fue denegado por el a quo (fs.

    5368/5375 de la causa FCR 12008008/2008/17/CFC1) y motivó la presentación directa bajo estudio.

    El señor juez J.C.G. dijo:

    Puesto que la...

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