Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 21 de Diciembre de 2018, expediente FMP 001170/2017/13/CFC001
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
CFCP - SALA 1 FMP 1170/2017/13/CFC1 “YANCOVICH, V.M. s/ recurso de casación”
Cámara Federal de Casación Penal REGISTRO N°1871/18 la Ciudad de Buenos Aires, a los 21 días del mes de diciembre de dos mil dieciocho, se reúnen la Sala Primera de la Cámara Federal de Casación Penal, juez Diego G.
Barroetaveña como presidente, y la doctora A.M.F. y el juez D.A.P., como vocales, asistidos por el Secretario de Cámara, Dr. W.D.M., con el objeto de dictar sentencia en la causa N°
FMP 1170/2017/13/CFC1 del registro de esta Sala, caratulada “YANCOVICH, V.M. s/recurso de casación” de la que RESULTA:
-
) Llegan las presentes actuaciones a esta Alzada a raíz del recurso de casación deducido por la F. General a fojas 23/31, contra la sentencia dictada con fecha 16/2/2018 por la Cámara Federal de Mar del Plata, por medio de la cual resolvió revocar la decisión del juzgado federal que había ordenado el procesamiento de V.M.Y. por encontrarla participe secundaria del delito de trata de personas con finalidad de someter a la víctima a una unión de hechos y matrimonio servil, bajo la modalidad de captación y acogimiento agravado por el abuso de la situación de vulnerabilidad, por la participación de tres o más personas, por haberse logrado consumar la explotación y finalmente por tratarse de una menor de edad y dictar la falta de mérito para ordenar el procesamiento como para sostener a la nombrada y debiendo proseguir la investigación conforme las medidas que fueran señaladas en los considerandos precedentes, sin perjuicio de la calificación legal que en definitiva Fecha de firma: 21/12/2018 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #31679675#224397997#20181221121753134 CFCP - SALA 1 FMP 1170/2017/13/CFC1 “YANCOVICH, V.M. s/ recurso de casación”
Cámara Federal de Casación Penal pudiera corresponder (cfr. fs. 8/22 y 1/6, respectivamente).
El recurso fue declarado inadmisible por el tribunal (fs. 33/34vta.), lo que motivó la presentación en queja a fs. 36/44 ante esta instancia. En fecha 3 de septiembre de 2018 esta Sala resolvió hacer lugar a la queja planteada por el Ministerio Público Fiscal y conceder el recurso de casación, el que fue mantenido en esta instancia a fojas 56.
-
) El representante del Ministerio Público Fiscal fundó su recurso en el artículo 456 del Código Procesal Penal de la Nación.
El fiscal sostuvo que la decisión de la Cámara es arbitraria, por desatender el caudal probatorio agregado al expediente. Afirmó que lo acreditado mediante las pruebas que hasta ahora lucen agregadas al legajo, permite sostener el procesamiento de Yancovich y avanzar en el juzgamiento a todos los implicados en el caso, en búsqueda de la verdad, en etapa de juicio oral y público. Mencionó los testimonios de vecinos, de las jóvenes con las que se encontró la niña el día de su escape, del taxista F.M., de los documentos brindados por el Juzgado de Familia y el Organismo de N., del informe de profesionales del Organismo Provincial de Niñez y adolescencia así como también de la prueba obtenida en el allanamiento realizado en el domicilio de la calle Polonia nº 315.
Sostuvo que la Cámara a quo efectuó un recorte de los dichos de la víctima y los analizó de forma parcial en relación al resto de las pruebas. Manifestó que el testimonio de la joven debe ser interpretado de forma Fecha de firma: 21/12/2018 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 2 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #31679675#224397997#20181221121753134 CFCP - SALA 1 FMP 1170/2017/13/CFC1 “YANCOVICH, V.M. s/ recurso de casación”
Cámara Federal de Casación Penal íntegra y en relación al resto de las pruebas colectadas en autos. En ese sentido, recordó que de todas las personas que visitaron la casa sita en Polonia 315 durante ocho meses, la niña solo refirió a cuatro, entre las cuales se encuentra la imputada Y., quien reconoció que la niña realizaba tales quehaceres. Así, destacó que: “…la resolución criticada omite considerar que Y. no se mantenía ajena a la situación de explotación que vivenciaba la niña sino que por el contrario, conforme quedó expuesta en su propio descargo y en los informes de tareas investigativas y allanamientos llevados a cabo en autos, visitaba el domicilio casi diariamente, conocía que la joven realizaba venta callejera y era quien la vigilaba en las tareas de limpieza ante la ausencia de L.C., quien se encuentra imputada como autora. En razón de ello, que su procesamiento resulta ser en carácter de partícipe –en este caso secundario- y no de autora, sin perjuicio de lo cual, su intervención se encuentra hartamente probada” (fs. 29vta./30).
Por último, destacó que resulta contrario a la sana critica racional la circunstancia de que los jueces de la cámara desoyen los dichos de la niña omiten evaluar la situación de vulnerabilidad que padecía y que expresara a las profesionales que le asistieran desde un primer momento. Consecuentemente, afirmó que la decisión recurrida desatiende normativa internacional que compromete las obligaciones asumidas por el estado, como es el art. 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la mujer y los emanados de la Convenio de los Derechos del Niño.
Fecha de firma: 21/12/2018 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 3 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #31679675#224397997#20181221121753134 CFCP - SALA 1 FMP 1170/2017/13/CFC1 “YANCOVICH, V.M. s/ recurso de casación”
Cámara Federal de Casación Penal Por último, solicitó que se revoque la decisión recurrida y se confirme el procesamiento de V.Y.. Hizo expresa reserva del caso federal.
-
) Durante el periodo previsto por los arts. 465 cuarto párrafo y 466 del C.P.P.N., no hubo presentaciones.
-
) Que, realizada la audiencia prevista en el art. 468 del mismo cuerpo legal, conforme surge de fojas 61, las actuaciones quedaron en estado de ser resueltas.
Efectuado el sorteo de ley para que los señores jueces emitan su voto, resultó el siguiente orden sucesivo de votación: doctores A.M.F., Diego G.
Barroetaveña y D.A.P.:
La señora jueza, doctora A.M.F. dijo:
-I-
-
) A fin de dar claridad expositiva al presente sufragio, conviene relevar –en lo pertinente- las actuaciones del presente incidente.
Conforme surge de fs. 8/22, con fecha 19 de septiembre de 2017 el Juzgado Federal de Mar del P. nº 3 resolvió dictar el procesamiento con prisión preventiva de Y.M.Y. como participe secundaria (art. 46 CP) del delito de trata de personas con finalidad de someter a la víctima a una unión de hechos y matrimonio servil, bajo la modalidad de captación y acogimiento agravado por el abuso de la situación de vulnerabilidad, por la participación de tres o más personas, por haberse logrado consumar la explotación y finalmente por tratarse de una menor de edad (Art. 145 ter, incisos 1, 5, penúltimo y último párrafo del CP y 306 y sstes. Y 312 del CPPN).
Fecha de firma: 21/12/2018 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 4 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #31679675#224397997#20181221121753134 CFCP - SALA 1 FMP 1170/2017/13/CFC1 “YANCOVICH, V.M. s/ recurso de casación”
Cámara Federal de Casación Penal Para así decidir, el juez de grado puso de manifiesto que se atribuye V.Y. haber contribuido en la captación y/o recibimiento y/o acogimiento de G.L.C., quien no posee DNI, de 14 años de edad, que no sabe leer ni escribir, sin estar escolarizada, con fines de explotación laboral, sexual y reducción a la servidumbre, quien fuera acogida en el domicilio de calle Polonia nº 315 de esta ciudad, sin poder precisar fecha exacta pero a mediados del año 2016 y con seguridad hasta el día 24 de febrero de 2017 oportunidad en la que la menor escapó.
Tuvo por acreditada la materialidad y autoría del hecho en orden a los siguientes elementos: “1) nota actuarial fiscal de fs. 1; 2) denuncia de fs. 2/3 de M.P.C. en sede fiscal de fecha 24/2/17; 3) declaración testimonial de fs. 4/6; 4) declaración testimonial de F.B.M. de fs. 13/14; 5) informe de fs.
18/19; 6) nota actuarial de fs. 20/21; 7) Actuaciones de la Delegación Departamental de Investigaciones de fs. 36/140 entre las que se encuentran tareas de investigación varias sobre búsqueda de la menor y sobre el domicilio de calle Polonia nº 315, informe de Dirección de Transporte de fs.
50, actas testimoniales de fs. 59, 61, 62/63, denuncia de fs. 37/38 efectuada por L.C. respecto de la desaparición de G.L.C. y copia de su DNI de fs. 75, acta de allanamiento de fs. 83/84, cd con vistas fotográficas e impresiones a fs. 85/86, declaraciones de testigos de actuación de fs. 93/94 y 95/96, impresiones varias de tareas efectuadas por la fuerza de 99/117, informe y CD aportado por el Centro de Monitoreo de fs. 134 y 136, 8)
Fecha de firma: 21/12/2018 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 5 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #31679675#224397997#20181221121753134 CFCP - SALA 1 FMP 1170/2017/13/CFC1 “YANCOVICH, V.M. s/ recurso de casación”
Cámara Federal de Casación Penal certificación de efectos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba