Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 17 de Abril de 2019, expediente CFP 001614/2016/117/RH007

Fecha de Resolución17 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº CFP 1614/2016/117/RH7 Cámara Federal de Casación Penal “N.O.S.A. s/

queja”

Registro nro.: 471/19 Buenos Aires, 17 de abril de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Que la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, en lo que a esta incidencia respecta, confirmó la prohibición de innovar y el embargo preventivo sobre los bienes y dinero de la firma “Construcciones Norberto Odebrecht S.A. –Sucursal Argentina-“ por la suma de quinientos setenta y cuatro millones de pesos dictado por el Juzgado Criminal y Correccional Federal nº 7 (ver fs. 2/28).

Contra dicho decisorio los apoderados de la empresa mencionada –Dres. P.M. y M.F.-

dedujeron recurso de casación, cuya inadmisibilidad motivó

la presentación directa en estudio (ver fs. 30/33, 37/38 y 40/45).

Y CONSIDERANDO:

Que la parte recurrente no logra rebatir los argumentos del Tribunal a quo a la hora de rechazar el recurso de casación en cuanto a que el pronunciamiento atacado no reúne los requisitos previstos por el art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción o a la pena, ni hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena.

Finalmente, en lo que hace a la doble instancia, tal extremo se halla debidamente garantizado por cuanto han recaído pronunciamientos concordantes del juez instructor y de la cámara respectiva.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

Fecha de firma: 17/04/2019 Firmado por: LILIANA E. CATUCCI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1 Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE...

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