Recurso Queja Nº 106 - IMPUTADO: HALPERN, CESAR Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769

Número de expedienteCPE 001652/2014/106/RH041
Fecha08 Septiembre 2021

Cámara Federal de Casación Penal Sala III

Causa Nº CPE

1652/2014/106/RH41

., C. y otros s/recurso de queja

Registro nro.: 1582/2021

Buenos Aires, 8 de septiembre de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad de las presentaciones directas interpuestas por el representante del Ministerio Público F. y por la querella contra la confirmación del sobreseimiento de C.H., D.H., Z.C. y A.H., con relación a los hechos consistentes en la presunta evasión del impuesto a las ganancias con relación a los períodos fiscales 2005 y 2006 por un monto de $437.212 y $1.362.509 respectivamente, por aplicación retroactiva de la ley 27.430 (B.O. el 29 de diciembre de 2017) que en su artículo 279 elevó el monto previsto en los arts. 1º de la ley nº 24.769 a $1.500.000.

Y CONSIDERANDO:

La señora juez doctora L.E.C. dijo:

1) Los argumentos por los cuales la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de esta ciudad denegó los recursos de casación que interpusieran el F. General y la querella ante esa instancia se refieren sintéticamente a la vigencia del artículo 54 del Código Procesal Penal Federal a raíz de la implementación parcial dispuesta por la resolución 2/2019 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Nuevo Código Procesal Penal Federal creada en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación por la ley 27.063. Norma que rige para los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional.

Fecha de firma: 08/09/2021

Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION 1

Firmado por: D.D.R., PROSECRETARIA DE CAMARA

En sus considerandos la citada Resolución 2/2019

también aclaró que la implementación del artículo 54 del Código Procesal Penal Federal que regulan las causales de intervención de la Cámara Federal de Casación Penal sería para todas las causas en trámite en la jurisdicción territorial que comprende su ámbito de actuación, que es único e indivisible y abarca todo el territorio nacional.

2) Ese artículo 54 del citado cuerpo legal, en principio, atribuye a los jueces de revisión con funciones de casación la sustanciación y resolución de las impugnaciones interpuestas contra las decisiones judiciales procedentes de los Tribunales Federales de Juicio de cada distrito y de los Tribunales Federales de juicio en lo Penal Económico (inciso a); en los conflictos de competencia entre esos...

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