Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 6 de Diciembre de 2023, expediente CIV 061249/2023/1

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

61249/2023

Recurso Queja Nº 1 - A.,

V.G.c.P., S. D. s/MEDIDAS

PROVISIONALES ART. 722 CCCN - FAMILIA

Buenos Aires, 06 de diciembre de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos con motivo de la presentación efectuada a raíz de lo decidido el 13 de noviembre de 2023 en cuanto a que se declaró inadmisible el recurso de queja articulado.

Ahora bien, de acuerdo a lo señalado y teniendo en cuenta lo que se desprende de la cédula electrónica librada en el marco del proceso principal el 2 de noviembre de 2023,

corresponde dejar sin efecto la decisión aludida dictada aquí el 13

de noviembre de 2023, y proveer en lo pertinente el recurso de queja articulado el 9 de noviembre de 2023.

Sentado lo anterior, en el caso la agencia estatal AFIP

interpone recurso de queja contra la resolución del día 18 de octubre de 2023 que rechazó la apelación que aquélla había interpuesto contra lo resuelto el 5 de septiembre de 2023 en la que el juez de grado dispuso el libramiento de oficio a la entidad apelante dejándose establecido que en función a la naturaleza de las actuaciones se ordenaba el levantamiento del secreto fiscal.

Para denegar el recurso de apelación la jueza interviniente sostuvo que además de no causarle gravamen irreparable no resultaba ser parte en la causa. Tal rechazó motivó la presente queja.

Ahora bien, este Tribunal considera que la cuestión suscitada con motivo de la orden de levantar el secreto fiscal, puede causarle un agravio a la recurrente de imposible reparación ulterior.

Por estas razones, y porque la agencia estatal se encuentra legitimada para interponer el recurso que le ha sido denegado (conf esta Sala “T., M.

  1. c. S., M. D. s. medidas provisionales art. 722 CCCN – incidente artículo 250 del Código Procesal”, expte. nº 63737/2018/1 del 22/2/2019; entre otros)

Fecha de firma: 06/12/2023

Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

corresponde declarar procedente el recurso de queja y formalmente admisible la apelación interpuesta contra la decisión dictada el 5 de septiembre de 2023 en cuanto al libramiento de oficio a la AFIP se refiere.

Por ello, SE

RESUELVE:

1) Admitir el recurso de queja y declarar formalmente procedente, con efecto suspensivo, la apelación contra la decisión del 5 de septiembre de 2023 en cuanto al libramiento de oficio a la AFIP se...

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