Recurso Queja Nº 1 - ALBA, SABINO Y OTROS c/ FERROCARRILES GENERAL BELGRANO s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

Fecha22 Agosto 2023
Número de expedienteFSA 031000847/1994/1/RH001

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS:

ALBA SABINOY OTROS c/ FERROCARRILES GENERAL

BELGRANO s/ COBRO DE PESOS – SUMAS DE DINERO

- EXPTE. N° FSA 31000847/1994/1/RH1-

- JUZGADO FEDERAL DE JUJUY 1-

ta, 22 de agosto de 2023.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el 23/5/23 la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó

    sin efecto la resolución de este Tribunal del 15/12/15, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento.

  2. Que resultando la cuestión sustancialmente análoga a lo decidido por esta Sala el 31/7/23 en los autos: “Incidente de recurso de queja en autos: A., R. y otros c/ Ferr. G.. B. s/ reclamos varios”,

    expte. n° 31001687/1995/2/RH3, a sus fundamentos corresponde remitir por razones de brevedad.

  3. Que, ahora bien, advirtiéndose de la consulta del expediente en formato papel que el 6/3/19 el juez de la instancia anterior tuvo presente la renuncia del Dr. E.A.S. en su carácter de apoderado de la actora sin que el letrado hubiera dado cumplimiento a la notificación a su mandante en los términos del art. 53 inc. 2) del CPCCN, corresponde que previo a sustanciar el recurso que aquí se concede, en el Juzgado de origen se notifique de ello y de este decisorio -con copia del precedente que se cita- a los accionantes en su domicilio real.

    RESUELVE:

    1

    Fecha de firma: 22/08/2023

    Alta en sistema: 23/08/2023

    Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

    I) HACER LUGAR al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Ministerio de Economía y Producción de la Nación (Ferrocarril General Belgrano - FEMESA) y, en su mérito, REVOCAR la providencia del 4/12/15 y CONCEDER el recurso de apelación deducido el 2/12/15 en contra del decisorio del 9/10/15 en relación y con efecto suspensivo (art. 243 del CPCCN), debiéndose remitir las actuaciones al Juzgado Federal de Jujuy N° 1 a fin de que se efectivicen las notificaciones apuntadas en el considerando 3.

    REGÍSTRESE y publíquese en los términos de las Acordadas N°

    15/2013 y 24/2013 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    LDG

    2

    Fecha de firma: 22/08/2023

    Alta en sistema: 23/08/2023

    Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.I.D.S.,...

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