Recurso Queja Nº 1 - ZAPATA, ZULMA CRISTINA c/ SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR - DIRECCION GENERAL OBRA SOCIAL POLICIA FEDERAL s/AMPARO LEY 16.986

Fecha01 Agosto 2022
Número de expedienteFPA 007816/2021/1/RH001

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 7816/2021/1/RH1

Paraná, 01 de agosto de 2022.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INCIDENTE DE RECURSO DE

QUEJA EN AUTOS ZAPATA, Z.C. c/ SUPERINTENDENCIA

DE BIENESTAR – DIRECCIÓN GENERAL OBRA SOCIAL POLICIA

FEDERAL s/ AMPARO LEY 16.986”, Expte. N° FPA

7816/2021/1/RH1, y;

CONSIDERANDO:

I- Que, llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de queja interpuesto en fecha 25/07/2022 por la obra social demandada, contra la resolución del 08/07/2022 que no hace lugar a la apelación promovida por su parte, en virtud de lo dispuesto en el art. 15 de la ley 16.986.

II- Que, surge de las constancias digitalizadas de la causa principal, que el presente amparo tramitó con la obra social demandada en rebeldía y que se dictó sentencia en fecha 08/02/2022, que condenó a la Superintendencia de Bienestar – Dirección General de Obra Social de la Policía Federal a brindar la cobertura de cuidador domiciliario.

Luego de denunciado el incumplimiento del fallo por la actora y trabado embargo contra la accionada, se presenta el Dr. J.M.M. en fecha 07/07/2022, en representación de la Superintendencia de Bienestar –

Dirección General de Obra Social de la Policía Federal, y solicita que se declare la nulidad de todo lo actuado con posterioridad a la notificación del traslado de demanda efectuada el 03/12/2021, por haber sido mal diligenciada.

Argumenta que recién el 05/07/2022 tomó conocimiento de todo lo acontecido con anterioridad, en virtud de la Fecha de firma: 01/08/2022

Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: M.B.T., SECRETARIA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE...

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