Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 4 de Abril de 2022, expediente CIV 077641/2015/1/RH001

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2022
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G

Recurso Queja Nº 1 - D., P.L.s.

J. 97 SALA “G” EXPEDIENTE N° 77641/2015/1/RH1

Buenos Aires, abril de 2022.-PG

AUTOS; VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Se alza en queja la parte actora con motivo de la denegatoria de su apelación interpuesta contra la providencia del 03/03/22.

El quejoso sostiene que el proveído en cuestión le produce un gravamen irreparable al haber omitido el juez pronunciarse sobre su pedido de homologación del acuerdo celebrado con MIFA SA.

Sin embargo, de la lectura del mentado auto se advierte que no existió omisión alguna por parte del a quo, quien al proveer el escrito presentado por aquél se remitió a lo dispuesto en los puntos anteriores, en los cuales señaló que aún no se encontraba determinada la legitimación pasiva, a la vez que dispuso la digitalización de la causa recibida ad effectum videndi y la posterior certificación por el actuario sobre los puntos allí enumerados referidos a ese proceso.

Tal directiva encuadra en las facultades que reconoce la ley a los jueces para dictar medidas instructorias con el fin de mejor resolver y como tal resulta en principio irrecurrible.

En efecto, tiene dicho esta Sala que los deberes y facultades que poseen los jueces posibilitan el cumplimiento de administrar justicia.

De ahí que la irrecurribilidad es el principio que los rodea, a menos que aparezcan “prima facie” irrazonables ya sea porque afecten la garantía de defensa en juicio o porque ocasionen un perjuicio grave a algunas de las partes (Morello-Sosa-Berizonce, "Códigos Procesales en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires y de la Nación", tº III, pág. 170 y sus numerosas citas; esta Sala, r. 140986, del 7/12/93; íd., r. 185258, del 6/12/95; íd., rec. de hecho 110762, del 6/5/92).

En el caso, pese a lo postulado por el recurrente...

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