Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 7 de Julio de 2021, expediente FSA 001846/2021/1/RH001
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN
AUTOS: “R.Z., E.J.
c/ MINISTERIO DEL INTERIOR - DIRECCION
NACIONAL DE MIGRACIONES s/ CIVIL Y
COMERCIAL - VARIOS”
-EXPTE. N° FSA 1846/2021/1/RH1-
-JUZGADO FEDERAL DE JUJUY 1-
ta, 7 de julio de 2021.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
-
Que el 30/6/21 el actor dedujo recurso de aclaratoria en contra de la resolución de esta instancia de fecha 29/6/21, con el objeto de hacer saber al Tribunal que el recurso de apelación en contra de la sentencia del 12/4/21 se encontraba interpuesto en tiempo y forma en tanto fue “agregado en el expediente n° 1846/2021 el día 19/4/21, con recepción y pase, agregando el escrito de presentación el 20/4/21 a hs. 2:10”.
-
Que el recurso de aclaratoria es el medio de impugnación de un pronunciamiento judicial en el que se hubiere incurrido en errores u omisiones materiales, o que contiene conceptos oscuros, con la finalidad de superar tales defectos pero con la singularidad de no poder consumar una modificación sustancial en el contenido y alcance de la resolución impugnada (confr. J.W.P., “Pormenores del Recurso de Aclaratoria”, La Ley 4/5/15, cita online AR/DOC/675/2015; esta Cámara -antes de su división en Salas- en “S., M.E.c. s/Reajustes varios” del 7/9/15, y Sala I
en “Posadas Paz, E. y otro c/ Aerolíneas Argentinas S.A. s/ daños y perjuicios”, sent. del 26/12/16; “Cooperativa de Tabacaleros de J.L.. c/
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Fecha de firma: 07/07/2021
Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, sent. 22/11/18;
Intesar c/ Romero, A.L. s/ civil y comercial - varios
, sent. del 8/6/20,
entre otros)
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Que las cuestiones propuestas por la letrada del actor reflejan tan solo su disconformidad con el criterio sostenido en la resolución del 29/6/21, oportunidad en la que esta Sala, además de precisar que el recurso de queja fue cargado de forma errónea por la parte en el expediente digital n°
1846/2021 cuando debió serlo en la causa n° 4125/2020, manifestó que no puede tenerse por válida la equívoca presentación del recurso de apelación contra la sentencia del 12/4/21 que se hizo ante la mesa distribuidora de la jurisdicción en fecha 20/4/21, por lo que el escrito de apelación...
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