Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 12 de Mayo de 2021, expediente FTU 081810029/2009/TO01/3/1/1/CFC004

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal S. III

Causa Nº FTU

81810029/2009/TO1/3/1/1/CFC4

ALBORNOZ, R.H. y otros s/recurso de casación

Registro nro.: 703/2021

Buenos Aires, 12 de mayo de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Se reúnen los señores jueces doctores Liliana E.

Catucci y D.A.P., de manera remota y virtual,

para decidir acerca de las excusaciones de los señores jueces doctores J.C.G. y E.R.R. en el presente incidente FTU 81810029/2009/TO1/3/1/1/CFC4,

caratulado “ALBORNOZ, R.H. s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

Que por resultar atendibles las razones expuestas por los señores jueces doctores J.C.G. y Eduardo R.

Riggi en sustento de sus excusaciones, en resguardo máximo de la garantía de imparcialidad, corresponde hacer lugar a lo solicitado.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

HACER LUGAR a las excusaciones de los señores jueces doctores J.C.G. y E.R.R. para intervenir con relación a la cuestión que se suscita en virtud de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el pasado 23 de marzo en el presente incidente.

R., hágase saber, comuníquese al Centro de Información Judicial –CIJ— de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada nº 5/2019) y remítanse las presentes actuaciones a la Oficina de Sorteos de esta Cámara mediante pase digital, a efectos de que se designe a los dos magistrados que integrarán esta S. en reemplazo de los doctores J.C.G. y E.R.R..

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