Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 4 de Mayo de 2021, expediente CNT 004250/2014/1/RH001

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT. INT.: EXPTE. Nº: 4250/14/CA1 (42261)

JUZGADO Nº: SALA X

AUTOS: “GRIPPO JUAN NORBERTO C/ SEMINO DANIEL EDUARDO S/

DESPIDO”.

Buenos Aires,

VISTO:

El planteo de nulidad deducido el 22/02/2020 por la parte demandada.

Y CONSIDERANDO:

Previo a resolver el planteo deducido cabe destacar que este Tribunal el 13/02/2020 desestimó la queja intentada con motivo de la apelación denegada contra la providencia dictada el 07/08/2019 en la etapa de ejecución de sentencia por medio de la cual se aprobó en cuanto a lugar a derecho la liquidación practicada por la parte actora, eximiendo al demandada del pago de los honorarios correspondientes al perito contador toda vez que la prueba contable fue ofrecida por el accionante.

Fecha de firma: 04/05/2021

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

Ante la recusación articulada, luego de producidos los correspondientes informes de conformidad con lo dispuesto en el art. 22 del CPCCN, la Sala IX rechazó la recusación deducida por la parte demandada contra los integrantes de esta Sala X de la CNAT. Asimismo, el mencionado Tribunal desestimó la recusación planteada contra ese Tribunal en atención a lo dispuesto por el art. 26 de la L.O. (ver resolución de fecha 19

de abril de 2021).

El demandado solicita se declare la nulidad de la resolución dictada por este Tribunal al entender que la misma resulta contradictoria en tanto aduce que reconoce que la tasa de interés a utilizar tiene autoridad de cosa juzgada y el cambio de tasa dispuesto por las actas posteriores no afecta la cosa juzgada. Señala que al haberse resuelto en forma inconstitucional cuestiones que fueron motivo de apelación la sentencia es nula de nulidad absoluta y solicita que se dicte nueva sentencia conforme a derecho. Indica que agregó una ampliación del escrito original el 12/9/2019.

De una lectura del recurso presentado por el demandado se infiere que este último se limita a cuestionar el contenido material del decisorio dictado por este Tribunal.

Ahora bien, la nulidad del pronunciamiento planteada por el demandado en autos no resulta procedente, toda vez que la sentencia apelada no presenta irregularidades extrínsecas o formales que la descalifiquen como acto jurisdiccional.

Al respecto, vale recordar que el recurso de nulidad tiene su campo limitado a los...

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