Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 29 de Marzo de 2021, expediente CIV 058028/2012/1/RH001

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

58028/2012

Recurso Queja Nº 1 – K B s/INCIDENTE CIVIL

Buenos Aires, de marzo de 2021.- MAR

AUTOS Y VISTOS:

  1. Contra el proveído dictado el día 11-03-2021, que denegó la apelación subsidiariamente interpuesta contra la resolución de fecha 17-12-2020, se alza en queja el actor reconvenido.-

  2. La resolución apelada hizo efectivo el apercibimiento dispuesto el día 2 de diciembre de 2020 e impuso al actor B.K. una multa de tres mil pesos ($ 3.000) por cada día de retardo en el cumplimiento de la modificación del Reglamento de Copropiedad según lo ordenado en la sentencia.-

  3. Luego del análisis del extenso escrito en que se formuló el recurso de queja (25 carillas), la Sala considera que el recurso fue mal denegado pues, por un lado, las sanciones procesales resultan siempre apelables de conformidad con lo previsto por el art.

    242, anteúltimo párrafo del Código Procesal. Y, por otra parte, no resulta aplicable al caso el art. 560 del Cód. Procesal, dado que la cuestión en torno a la cual gira el recurso no se refiere a trámites de cumplimiento de la sentencia de remate.-

    Por todo ello, la presente queja habrá de prosperar. -

  4. En consecuencia, el Tribunal

    RESUELVE:

    1)

    Declarar mal denegado el recurso interpuesto y procedente la queja articulada; 2) Vuelvan los autos al juzgado de origen a los fines de que el recurso de apelación sea concedido y, eventualmente, se sustancien sus...

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