Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 15 de Septiembre de 2020, expediente FBB 010979/2019/1/RH001
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA |
Poder Judicial de la Nación
Expte. N° FBB 10979/2019/1/RH1 – Sala II – Sec. 1
Bahía Blanca, 15 de septiembre de 2020.
VISTO: Este expediente Nº FBB 10979/2019/1/RH1 de la Secretaría N° 1,
caratulado: “Recurso de queja… en autos: ‘FERRO, J. por Encubrimiento (art.
277 inc. 3), Abuso de autoridad y V.. D.. F.. P.. (art. 248) e Incumplim. de
Autor. y V.. D.. F.. P.. (art. 249)’”, venido del Juzgado Federal Nº 1 de la
sede, para resolver el recurso de queja interpuesto a fs. 50/53.
El señor Juez de Cámara, doctor L.S.P., dijo:
1ro.) Por resultar atendibles los motivos expuestos por el titular
de la vocalía Nº 2, doctor P.E.L., corresponde aceptar su excusación y
tenerlo por apartado del conocimiento de la presente queja (arts. 55, inc. 1, 57 in fine y
64, CPPN).
2do.) Que el Juez de primera instancia rechazó el pedido del
F. General Adjunto, Dr. G.G.D.S., a través del cual pretendía
revocar las resoluciones que aceptaron las excusaciones de los Dres. A.C.
y S.M., quienes habían sido designados para ejercer la representación del
Ministerio P.ico F. en el trámite del expediente FBB 10979/2019, lo que fundó
en la amplitud con la que deben apreciarse las causales de excusación, y tampoco hizo
lugar a la apelación subsidiariamente planteada por entender que el decisorio atacado
no se encuentra entre aquellos taxativamente mencionados en el art. 449 del CPPN (fs.
44/46 y 47/vta.).
3ro.) Contra dicho pronunciamiento el Dr. Gabriel González Da
Silva interpuso la presente queja por apelación denegada (fs. 50/53).
Allí sostuvo que en el procedimiento llevado a cabo por el Juez
de grado no tuvo oportunidad efectiva y útil para rechazar la aceptación de la
recusación de los fiscales que lo precedieron, ya que fue recientemente designado en la
causa.
Se agravió también de que se haya suplido la notificación con la
intervención del F. ante la Cámara en las respectivas designaciones, cuando, como
sostuvo el F.A., su actuación se limitó a indicar el magistrado legalmente
habilitado por la Resol. MP Nº 164/99 para ejercer la subrogancia.
Asimismo, reiteró que no resultan válidas las razones invocadas
por los representantes del MPF para excusarse, ya que las causales previstas a tales
Fecha de firma: 15/09/2020
Firmado por: P.A.C.M., Juez de Cámara Firmado por: N.A.Y., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: L.S.P., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación
Expte. N° FBB 10979/2019/1/RH1 – Sala II – Sec. 1
fines en materia penal...
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