Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 24 de Junio de 2020, expediente CNT 009690/2020/1/RH001

Fecha de Resolución24 de Junio de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

SALA I

Causa N°: 9690/2020 - Recurso Queja Nº 1 - MONTEAGUDO, S. Y OTROS c/

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO s/ACCION DE

AMPARO

Sentencia Interlocutoria Buenos Aires, 24 de junio de 2020.

VISTO:

La apelación deducida por la demandada contra los decisorios de los días 21/04/2020 y 06/05/2020 que viabilizaron la medida cautelar solicitada y su ampliación;

Y CONSIDERANDO:

I.S.S.E., W.A.B., A.C.B.,

C.G.T., E.M.L., L.N.D., J.C.R., S.S.M., W.F.D., A.Á.G., Á.V.G., C.L.C., M.D.G.C. y S.P.P. manifestaron desempeñarse como empleados y empleadas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

concretamente en el servicio de terapia intensiva, consultorios externos, terapia intensiva y Unidad Coronaria del Hospital General C.G.D. e iniciaron una acción de amparo en el marco del art. 43 de la Constitución Nacional.

Su pretensión fue dirigida a que tanto la ART demandada como su empleadora, dirijan su accionar a reforzar la higiene del ambiente laboral en el cual se desempeñan, mediante la provisión de elementos de seguridad y protección que eviten el contagio del COVID- 19, a saber: barbijos N95, protección para los ojos o máscara facial, guantes, camisolín hemorrepelente, cofias y botas. Asimismo, requirieron que garanticen la salubridad recomendada por resolución 5/2020 de la SRT, anexos I y III en atención a las condiciones en las que profesan sus tareas, y solicitaron -en definitiva- que se adopten las medidas de prevención necesarias para proteger su salud. Cabe resaltar que con fecha 21/04/2020, la Dra. A.B. –a cargo del Juzgado de Feria-, receptó

la petición y ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a que refuerce las medidas, y a Provincia ART SA a que adopte las medidas de prevención y de control necesarias tendientes a evitar contagios.

Ante la solicitud de ampliación de la medida, el Dr. M.F., el día 06/05/2020 decidió “ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a que efectúe los testeos a todo el personal sanitario que presta tareas en el Hospital Durand a fin de determinar la cantidad de casos de COVID-19 positivo y en su caso activar los protocolos correspondientes”.

Fecha de firma: 24/06/2020

Firmado por: M.V.M.C., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: G.A.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.C.H., JUEZ DE CAMARA

  1. La notificación de las medidas cautelares, llegaron a conocimiento del GCBA

    quien apeló las resoluciones. En primer término, la recurrente destaca que no se ha presentado documento alguno que demuestre, más no sea someramente, el incumplimiento por su parte de los protocolos de seguridad prediseñados con miras a afrontar al flagelo del COVID 19 y trae a colación las implicancias del art. 14 de la ley 26.854.

    Asimismo, pone de relieve los alcances de la nota firmada por el Director de la institución Hospital General de A.C.D. (NO-2020-12834027-

    GCABA-HGACD), quien habría afirmado que "se cuenta al día de la fecha con todos los elementos de protección personal (EPP) para Covid 19 para todo el personal y de acuerdo a las labores que desempeñan en el Hospital Durand”.

    Al referirse a la procedencia de la realización de testeos con el fin de detectar posibles personas infectadas y proceder de conformidad con los protocolos de seguridad determinados, sostiene que su realización a la totalidad de la planta médica resulta infructífera y que, de conformidad con el informe técnico que acompaña -

    realizado, entre otros, por un especialista epidemiólogo de su equipo, C.B.M. 89167- “sólo procede frente a casos sospechosos de la enfermedad”.

    Luego transcribe normativa -decretos de carácter nacional y gubernamental-l que dan cuenta de las diversas medidas de seguridad realizadas con el fin de lograr prevenir, y hasta tal vez, erradicar el virus en cuestión. En su visión, esa serie de medidas ya adoptadas, quitan la verosimilitud en el derecho de los accionantes...

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