Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 27 de Diciembre de 2019, expediente COM 011358/2018/1/RH001
Fecha de Resolución | 27 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Camara Comercial - Sala E |
11358/2018 Recurso Queja Nº 1 – OPEN WORK S.A. LE PIDE LA QUIEBRA OBRA SOCIAL DEL
PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL PLASTICO S/RECURSO DE QUEJA DE OBRA SOCIAL DEL PERSONAL
DE LA INDUSTRIA DEL PLASTICO.
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E
11358/2018 Recurso Queja Nº 1 – OPEN WORK S.A. LE PIDE LA
QUIEBRA OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL
PLASTICO S/RECURSO DE QUEJA DE OBRA SOCIAL DEL PERSONAL
DE LA INDUSTRIA DEL PLASTICO.
J.. 13 S.. 26 14-15-13
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2019.
Y VISTOS:
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Viene en queja la accionante por la denegatoria del recurso de apelación que dedujo, en subsidio, contra el proveído de fs. 5, suscripto por el secretario del juzgado, que ordenó cumplir -de manera previa a atender su pretensión de que se notifique a la demandada su citación en los términos previstos por el art. 84 de la LCQ en su domicilio social inscripto- con la citación dispuesta al domicilio fiscal denunciado en fs. 1.
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El ordenamiento adjetivo pone a disposición de la parte para lograr que se modifique o revoque un proveído del secretario, un requerimiento al efecto ante el magistrado (CPr.:38 ter). La resolución que se dicte al respecto es, en principio, inapelable.
Empero en el sub lite, el A. Fecha de firma: 27/12/2019
Expte.N° 11358/2018/1 1
Alta en sistema: 31/01/2020
Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA
Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA
11358/2018 Recurso Queja Nº 1 – OPEN WORK S.A. LE PIDE LA QUIEBRA OBRA SOCIAL DEL
PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL PLASTICO S/RECURSO DE QUEJA DE OBRA SOCIAL DEL PERSONAL
DE LA INDUSTRIA DEL PLASTICO.
extralimitó las funciones que le autoriza el Cpr. 38:4
arrogándose facultades propias del juez de la causa.
El Cpr. 160 dispone que "las providencias simples sólo tienden, sin sustanciación, al desarrollo del proceso u ordenan actos de mera ejecución". De estas, el A. únicamente puede firmar aquellas de mero trámite (Cpr. 38:4).
Ahora bien, la decisión de supeditar el libramiento de una cédula al domicilio informado por la Inspección General de Justicia, hasta tanto se cumpla con la citación al supuesto domicilio fiscal de la pretensa fallida, excedió las facultades otorgadas al S.retario por el ordenamiento adjetivo.
Así, frente a la referida extralimitación y en razón de que el juez, a la postre,
hizo suya la decisión del A., se concluye que la resolución cuestionada es...
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