Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 13 de Noviembre de 2019, expediente CIV 028351/2015/1

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A “YAFAR, D.J. c/ ANDRADE FONSECA, A. s/

rendición de cuentas” (expte. 28.351/2015/1/RH1) (JPL)

Juzg. 90 R: 028351/2015/1/RH001 Buenos Aires, noviembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS; Y CONSIDERANDO:

El recurso de queja por apelación denegada,

también denominado directo o de hecho, es el remedio procesal

tendiente a obtener que el órgano judicial competente para entender en

segunda o tercera instancia ordinaria, tras revisar el juicio de

admisibilidad formulado por el órgano inferior, revoque la providencia

denegatoria de la apelación, declare a éste por consiguiente admisible,

y disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan (conf.

Palacio, L.E., Derecho Procesal Civil, t.V, nº 558, pág. 127).

Sentado lo expuesto, cabe recordar que con el

objeto de evitar las múltiples dilaciones que producen la interposición

y trámite de recursos durante el período de prueba, el ordenamiento

adjetivo contiene los arts. 379 y 385, con arreglo a los cuales son

inapelables las resoluciones del juez de primera instancia sobre

producción, denegación y sustanciación de las pruebas, así como

aquellas que dan por decaída la facultad de producirlas (conf. Morello

SosaBerizonce, Códigos Procesales..., t. VA, pág. 197, 200, con

abundante cita jurisprudencial).

Contrariamente a lo sostenido por el recurrente, la

inapelabilidad dispuesta en la norma citada resulta plenamente

aplicable al caso de autos, al tratarse de un supuesto de producción de

prueba.

Por lo demás, la aplicación del principio de

amplitud probatoria al caso puntual, lejos de aparecer como un error

in iudicando que justifique la adopción de una posición favorable a la

admisión del recurso de apelación, resulta razonable, si se tiene en

cuenta la complejidad de este tipo de procesos, el trámite incidental

que el Código Procesal imprime a la segunda etapa del juicio de

...

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