Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 12 de Junio de 2019, expediente COM 026144/1998/1

Fecha de Resolución12 de Junio de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial JMB.

J.. 2 - Sec. 3.

26.144/1998/1 ZOFFOLI EDUARDO VICTOR C/ MAIO DANIEL ADRIAN Y OTRO s/

EJECUTIVO S/ QUEJA Buenos Aires, 12 de junio de 2019.-

Y VISTOS:

  1. ) La parte demandada recurre en queja a la Sala en virtud de la apelación denegada por el Sr. Juez a quo. El recurso de apelación fue interpuesto contra el decreto copiado en fs.1/2 en el que se rechazó tanto la revocatoria que interpuso, como el pedido de suspensión de subasta.-

    El juez a quo rechazó el planteo, en la inteligencia de que, no habiéndose interpuesto la apelación subsidiaria a la revocatoria interpuesta, no procedería el recurso posterior, conforme art. 241 CPCC. A todo evento señaló que tampoco era viable la apelación por aplicación del art. 560 CPCC.-

  2. ) Ahora bien, de los autos principales que se tienen a la vista surge que, dictada la sentencia de trance y remate y encontrándose los autos en trámite de ejecución de sentencia, a fs. 130 el magistrado hizo efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 128, y ordenó librar oficio al Archivo de Actuaciones Notariales del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se expidiera segundo testimonio del título de propiedad del inmueble del accionado cuya ejecución se persigue.

    Contra dicho decreto la accionada interpuso recurso de revocatoria en su escrito de fs. 138/142, punto II, por considerar que dicho título debía ser requerido al escribano interviniente a los fines de evitar gastos. Acto seguido, en la misma Fecha de firma: 12/06/2019 Alta en sistema: 15/07/2019 Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA #33661552#236894413#20190612121711247 presentación, pto. III., solicitó la suspensión de la subasta, invocando la aplicación de la ley provincial 14432.-

    En el pronunciamiento apelado, luego de las debidas sustanciaciones, el juez de grado, rechazó la revocatoria y desestimó la aplicación al sub lite de la ley 14432.-

    De ello se sigue que, en el caso, la accionada efectuó dos planteos, la revocatoria del decreto que ordenaba la expedición del segundo testimonio y, por el otro el pedido de suspensión de subasta.

    De una lectura de la presente queja, se extrae que la apelación deducida a fs. 189 se encuentra dirigida a cuestionar el rechazo del segundo de los planteos –suspensión de subasta por aplicación de la ley 14432 de la Provincia de Buenos...

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