Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 10 de Mayo de 2019, expediente CFP 016185/2018/1/RH001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 16185/2018/1/RH1 REGISTRO NRO. 876/19.4 Buenos Aires, 10 de mayo de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa CFP 16185/2018/1/RH1 1acerca de la queja, por recurso de casación denegado interpuesta por L.M.P., por derecho propio y en calidad de apoderado de las firmas Ondas Maravillas S.A. y L.V.7 Radio Tucumán S.A., con el patrocinio letrado de F.D.C., contra la decisión de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad, que resolvió

declarar mal concedido el recurso de apelación presentado por esa misma parte contra la decisión del juez de grado en tanto dispuso la desestimación de la denuncia por inexistencia de delito (art. 180, último párrafo del C.P.P.N.).

Y CONSIDERANDOS:

En cuanto a la decisión mediante la cual se confirma la desestimación de denuncia por inexistencia de delito, hemos de considerar que se trata de una resolución que por sus efectos resulta equiparable a definitiva, al tornar imposible la continuación de las actuaciones (Cfr. de esta S.I.: causa N.. 13.562 “FARAONI, C. s/recurso de queja”, rta. el 24/05/12, Reg. N.. 874/12; causa N.. 13.826 “B.M., F.R. s/recurso de queja”, rta. el 15/06/12, Reg. N.. 970/12; causa N.. 14.280 “R.M., L.A. s/recursoF. de firma: 10/05/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #33217408#233965805#20190510160034653 de queja”, rta. el 9/08/12, Reg. N.. 1317/12, causa CPE 1725/2013/1/RH1, rta. 26/02/16, Reg. N..

102/16.4).

Además desde el punto de vista formal, ha cumplido con los recaudos exigidos por el art. 463 del código de rito para autorizar la apertura de la instancia casatoria.

Por ello, el Tribunal RESUELVE:

HACER LUGAR a la queja interpuesta por L.M.P., por derecho propio y en calidad de apoderado de las firmas...

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