Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 5 de Octubre de 2018, expediente CIV 007255/2000/1/RH001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 7255/2000 Recurso Queja Nº 1 - DONAIRE NERVI ANTONIO s/SUCESION TESTAMENTARIA Informo: Que se recibió del Juzgado Civil n°90 el expediente caratulado “D.N.A. s/ Sucesión Testamentaria”, n°7255/2000. Buenos Aires, 4 de octubre de 2018.-FP Buenos Aires, 5 de octubre de 2018.- FP AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.H. saber al presentante que deberá incorporar copia digital en los términos de la Ac. 3/15.

  1. El Sr. juez de grado rechazó el recurso de apelación interpuesto en subsidio a fs. 4/7 y más allá de destacar que el escrito en cuestión carecía de la firma de la Dra. M. de P., señaló

que la medida dispuesta a fs. 1/2 dictada dentro del marco de deberes que impone la ley (cfr. art. 34, inc. 5, inc.b) del CPCC), resultaba irrecurrible.

Ahora bien, de acuerdo a lo que se desprende de los antecedentes que se acompañan y lo que resulta de la causa principal que para este acto se tiene a la vista, a fs. 1/2 de estos obrados el juez a quo haciendo uso de las facultades conferidas por la norma legal antes citada rectificó lo decidido a fs. 18/9 disponiendo que únicamente se subastaría el 50% del inmueble ubicado en Joaquín V.

González 1725, matrícula 15-48946, de esta ciudad, por transmitirse en este sucesorio el 50% del referido bien por ser ganancial.

Sentadas tales precisiones, en el caso se advierte que la decisión cuestionada, no sólo implica modificar los términos de la subasta decretada a fs. 2129/2130, sino también la providencia de fs.

2008 donde se transformó en ejecutorio el embargo oportunamente trabado, la citación de venta que allí se dispuso y la sentencia que se Fecha de firma: 05/10/2018 Alta en sistema: 08/10/2018 Firmado por: P.M.G. -P.E. CASTRO - FERNANDO POSSE SAGUIER., JUECES DE CÁMARA.

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