Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2, 24 de Febrero de 2017, expediente FRE 031000245/2012/1/RH001
Fecha de Resolución | 24 de Febrero de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 31000245/2012/1/RH1 INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS NISSEN, C.
C/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO S/ ACCIÓN MERE DECLARATIVA DE
DERECHO.
SISTENCIA, 24 de febrero del año dos mil diecisiete. M.S.M.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “INCIDENTE DE RECURSO DE
QUEJA EN AUTOS NISSEN, C. A. C/ ESTADO NACIONAL
ARGENTINO S/ ACCIÓN MERE DECLARATIVA DE DERECHO” Expte. N°
FRE 31000245/2012/1/RH1, proveniente del Juzgado Federal N°2 de Formosa,
en virtud del recurso de queja interpuesto a fs. 28 del presente por la actora; y Y CONSIDERANDO:
-
Que el Sr. C. A. N. bajo patrocinio letrado
inició contra el Estado Nacional una “Acción Meramente Declarativa de Certeza
Constitucional” en los términos del art. 322 C.P.C.C.N., a los fines de que se arroje
certidumbre sobre la constitucionalidad o no de la aplicación sobre sus haberes de retiro,
de los arts. 20 inc. 1 3er párrafo y art. 79 inc. C) de la Ley n° 20.628 (ver constancias de fs.
15/25 vta. del presente). Corrido el pertinente traslado, contesta la demanda y opone
excepciones el Ministerio de Justicia de la Nación – Servicio Penitenciario Federal (ver fs.
2/8 del presente), al cual el aquo –en fecha 15 de febrero de 2013 (ver fs. 9) tiene como
parte, por contestado en tiempo y forma, ordenando traslado de las excepciones opuestas
(falta de legitimación activa, pasiva y de incompetencia).
Frente a dicha providencia del 15/02/13, el actor plantea en
tiempo y forma (ver fs. 10/13 vta. del presente) recurso de reposición con apelación en
subsidio, alegando –entre otras circunstancias que no debe darse al Ministerio de
Justicia/S.P.F. el carácter de parte, por no estar dirigida la acción contra él en particular,
constituyendo ese hecho una demora perjudicial e injustificada para el desarrollo del
proceso y dispendio estéril de recursos, ya que sólo posterga el dictado de la declaración de
certeza perseguida.
Fecha de firma: 24/02/2017 Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.V., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA #29011058#172701673#20170301115129306 Conforme constancias de fs.14, el juzgado en fecha 22 de
marzo de 2013 (a notificación del 26.03.13) dicta resolución, entendiendo que el
fundamento del recurso intentado guarda similitud con el fundamento opuesto por el
Ministerio en su defensa, por lo que dicha cuestión se resolverá en el momento procesal
oportuno, rechazando el recurso de revocatoria con el de...
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