Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 19 de Diciembre de 2017, expediente CIV 087607/2007/1

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 87607/2007 Recurso Queja Nº 1 - DELLA RATTA ANTONIO Y OTROS s/DIVISION DE CONDOMINIO Buenos Aires, de diciembre de 2017 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Fueron elevados estos autos para entender en el recurso de queja formulado por el actor a fs. 6/8, contra el auto de fs.5/vta. –que aquí luce en copia y se corresponde con la foja 1085 del principal -, por el cual el Sr. Juez de grado rechazó la apelación subsidiaria a la revocatoria que planteara contra el proveído de fs. 2 (reproducción de fs. 1082).

  1. Este recurso es el remedio procesal tendiente a obtener que el órgano judicial competente para conocer en segunda instancia ordinaria, tras revisar el juicio de admisibilidad formulado por el órgano inferior, revoque la providencia denegatoria de la apelación, declare a ésta admisible y disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan, o bien, revise el efecto con que se ha concedido la apelación (conf. Palacio, L.E., “Derecho Procesal Civil” t.V pág. 127; esta S. expte.354194).

    Es requisito esencial de admisibilidad de todo recurso de apelación que la resolución recurrida ocasione al recurrente un agravio actual, pues de no ser así faltaría el elemento subjetivo de todo acto procesal consistente en el interés legítimo para peticionar.

  2. En autos, se advierte que el núcleo del decisorio cuestionado solamente ha tenido el alcance de un requerimiento a las partes, dirigido a que acompañen tasaciones del inmueble objeto de autos, al efecto de determinar la base regulatoria de los honorarios a regular. En esa medida, resulta claro que el auto en cuestión no Fecha de firma: 19/12/2017 Alta en sistema: 21/12/2017 Firmado por: M.A. DE LOS SANTOS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.D.D.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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