Recurso Queja Nº 1 - BARBOZA MARIA JOSE c/ INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS OBRA SOC BANC Y OTRO s/RESPONSABILIDAD MEDICA

Fecha26 Agosto 2016
Número de expedienteCCF 000245/1994/1/RH001
Número de registro160082636

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 245/1994 Recurso Queja Nº 1 - B.M.J. c/ INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS OBRA SOC BANC Y OTRO s/RESPONSABILIDAD MEDICA Buenos Aires, 26 de agosto de 2016.- MK VISTO: el recurso de queja deducido por el Estado Nacional a fs. 10/13; y CONSIDERANDO:

  1. Que contra el auto de fecha 23 de abril de 2015 por el cual el señor juez de grado dispuso intimar a la Dirección de Administración de la Deuda Pública para que en el plazo de diez días acredite el pago por la suma de $25.500 -con más los intereses pertinentes- relativo al rescate de los bonos que hubiere correspondido entregar oportunamente para cancelar el crédito por honorarios pertenecientes al Dr. R.A.T., bajo apercibimiento de astreintes, el Estado Nacional -Ministerio de Economía y Finanzas Públicas- dedujo recurso de apelación por considerar que le genera un gravamen irreparable (ver fs. 8).

    Teniendo en cuenta que del oficio diligenciado (ver fs. 6)

    surge que la providencia atacada fue notificada el 12.5.2015, el a quo declaró que el recurso intentado resultaba extemporáneo, motivo que da origen a la presente queja en los términos del art. 282 del Código Procesal.

  2. El recurrente sostiene que por error apeló contra el auto de fecha 23.4.15 cuando debió alzarse contra la providencia de fecha 25.8.2015, que fue notificada el 14.9.2015 y que expresamente intimaba a la Subsecretaría de Administración y Normalización...

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