Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 13 de Mayo de 2015, expediente COM 004678/2014/1

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 4678/2014/1/RH1. GONZALEZ, OSVALDO Y OTRO C/ CIMATO, FRANCISCO Y OTRO S/ORDINARIO S/ INC. DE EJECUCIÓN DE HONORARIOS.

Buenos Aires, 12 de mayo de 2015.

  1. El adquirente en subasta dedujo la presente queja contra la providencia copiada en fs. 4, en cuanto denegó el recurso de apelación interpuesto en fs. 3 respecto de la decisión de fs. 2 (fs. 16/17).

  2. La queja, como remedio procesal tendiente a la revocación del auto que denegó una apelación, debe contener una crítica razonada del error supuestamente incurrido por el juez de primera instancia. Por lo tanto, además de la agregación de las copias de las que el quejoso intente valerse, es necesario exponer debidamente los motivos que hacen admisible su pretensión (esta S., 13.2.13, “Banco Pcia. de Buenos Aires c/Ra&ces S.A. s/ejec.

    prend. s/queja”; F., C., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Bs. As., 1999, p. 297/8).

    Ahora bien: en el caso, el primer aspecto recurrido por la compradora en subasta (fs. 2, punto 3°) resulta apelable, ya que el quantum de su agravio (conformado por los $ 41.400 que a su criterio debería pagar la deudora por un impuesto provincial) es superior al monto de recurribilidad establecido por el art. 242 del Cpr. aplicable al caso ($ 20.000). Ello, puesto que la elevación del monto mínimo determinado por la referida norma dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada 16/14) sólo rige, como surge de su texto, para demandas o reconvenciones presentadas con posterioridad al 19.5.14; lo que no acontece en la especie (esta S., 9.10.14, “M. vons Fecha de firma: 13/05/2015 Firmado por: J.J.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.D.F., PROSECRETARIO DE CAMARA Ferro s/ pedido de quiebra por Obra Social de los Cortadores de la Indumentaria”).

    En cuanto al segundo aspecto de la decisión apelada (que ordenó

    acreditar la inscripción del inmueble subastado en no más de 5 días, bajo...

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