Sentencia de CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ, 10 de Septiembre de 2014, expediente FPA 013012810/2011/21/1/RH001

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2014
EmisorCÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 13012810/2011/21/1/RH1 Paraná, 10 de septiembre de 2014.

Y VISTO, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por la Dra.

C.G.G., P.; el Dr. D.E.A., V.; el Dr. Mateo José

BUSANICHE, Juez de Cámara, en el Expte. FPA N°

13012810/2011/21/1/RH1, caratulado: “RECURSO DE QUEJA EN AUTOS ´L.B., G.J. (D) POR PRIVACIÓN ILEGAL LIBERTAD PERSONAL (ART. 142 BIS); INCOMUNICACIÓN INDEBIDA (ART. 143 INC. 3); INF. ART.

144 BIS EN CIRC. ART. 142 INC. 1, 2, 3, 5 Y OTROS´”

proveniente del Juzgado Federal N° 1 de Paraná y, DEL QUE RESULTA:

La Dra. C.G.G. dijo:

Que, llegan estos autos a conocimiento de este Tribunal, a los fines de tratar el recurso de queja impetrado a fs. 1/4 por los Sres. F.F., D.M.O.S. y Dra. M.V.H.; ante el decreto del Sr. Juez Federal de Paraná de fecha 29 de julio del corriente año, que no hace lugar al recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fecha 07/07/2014, por la cual se resuelve conceder la prisión domiciliaria a G.J.L.B..

Fecha de firma: 10/09/2014 Firmado por: D.E.A. Firmado por: C.G.G. Firmado por: M.J.B. Firmado(ante mi) por: E.S., SECRETARIA DE CAMARA Y CONSIDERANDO:

I- Que, tal como surge del informe obrante a fs. 37, el a-quo en fecha 07/07/2014 concedió la prisión domiciliaria de G.J.L.B..

Contra dicha resolución, los representantes del Ministerio Público Fiscal interpusieron recurso de apelación, que fue denegado por el Magistrado por considerar que el imputado L.B. seguirá en prisión y que sólo varió la modalidad de la medida cautelar que pesaba sobre él, puesto que permanece con restricción de su libertad ambulatoria y será

cautelado en su domicilio, por lo que la resolución recurrida no es uno de los supuestos previstos por el art. 501 C.P.M.P.; ante lo cual se interpuso el presente recurso de queja.

II- Que, los Sres. Fiscales señalan que la resolución que fuera recurrida es de aquellas susceptibles de ser cuestionadas por la vía del recurso de apelación, de conformidad al art. 501 del C.P.M.P.

Citan lo alegado en el recurso de apelación denegado, resaltando que se satisficieron los requisitos de admisibilidad y que la denegatoria del a-quo fue errónea y arbitraria. Destacan que la fundamentación del magistrado no atendió a ninguna Fecha de firma: 10/09/2014 Firmado por: D.E.A. Firmado por: C.G.G. Firmado por: M.J.B. Firmado(ante mi) por: E.S., SECRETARIA DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR