Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 4 de Febrero de 2022, expediente FMZ 005217/2021/8/RH001

Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B

FMZ 5217/2021/8/RH1

Mendoza, 04 de febrero de 2022.

Y VISTOS:

Los presentes autos FMZ 5217/2021/8/RH1 caratulados: “RECURSO DE

QUEJA EN AUTOS ALANDI TEJERINA, JULIO CESAR p/ INFRACCION

LEY 23.737 (ART. 5 INC. C)”, venidos a esta S. “B” provenientes del Juzgado

Federal Nro. 1 de M.S.. Penal “B”, en virtud del recurso de queja

interpuesto por parte de la asistencia técnica del encartado Julio Cesar Alandi

Tejerina, contra el decreto de fecha 26 de noviembre del corriente año.

Y CONSIDERANDO:

1) Llega a conocimiento de esta Alzada los presentes actuados, a raíz del

recurso de queja articulado respecto del proveído a partir del cual no se concedió la

actividad recursiva impetrada por la defensa del imputado A.–.. Sergio

Salinas Giordano y L.L..

Ante este escenario, consideramos necesario traer a colación lo precisado por

el juez a quo, respecto al trámite de los presentes actuados.

En la oportunidad de realizar el informe previsto en el artículo 477 del

Código Procesal Penal de la Nación, el magistrado interviniente indicó: “…Que en

fecha 16/11/2021 se presentó en los autos FMZ 5217/2021 el Dr. S.S. y

solicitó se fijara fecha de audiencia para la ampliación de declaración indagatoria

de su pupilo procesal Julio Cesar ALANDI, requiriendo que, para la ejecución de la

misma, se pusiera a disposición del imputado el teléfono celular del mismo

(secuestrado en autos), a los efectos de acompañar la prueba pertinente que, según

sus dichos, se desprende del mismo.

En el decreto de fecha 19/11/2021, se dispuso tener presente para su

oportunidad el pedido de ampliación indagatoria formulado por la Defensa de

ALANDI. Ello, hasta tanto se recibieran los resultados del informe técnico dispuesto

sobre los teléfonos celulares secuestrados en autos y la consecuente devolución de

dichos aparatos. En la misma ocasión, se ordenó solicitar a la División Medios

Técnicos y al Departamento de Escuchas Telefónicas y Coordinación Investigativa

de la Policía de Mendoza informara respecto al estado y/o resultado de la extracción

Fecha de firma: 04/02/2022

Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.F., SECRETARIO FEDERAL

y análisis de la información contenida en los teléfonos celulares secuestrados en

autos.

En fecha 25/11/2021, el Dr. S.S. interpuso recurso de apelación

contra el decreto...

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