Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 23 de Agosto de 2016, expediente CFP 012446/2008/80/RH005
Fecha de Resolución | 23 de Agosto de 2016 |
Emisor | CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 12446/2008/80/RH5 CCCF Sala I CFP 12446/08/80/RH5 “D.I. s/ recurso de queja por apelación denegada”
Juzgado N° 7 - Secretaría N° 14 Buenos Aires, 23 de agosto de 2016.
Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO:
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La defensa de Á. P. interpuso recurso de queja contra la decisión del magistrado de grado mediante la cual rechazó el recurso de apelación interpuesto contra el punto I de la resolución de fecha 16 de junio de 2016 a través del cual se le denegó el planteo de nulidad deducido contra el requerimiento de elevación a juicio realizado por el Ministerio Público Fiscal (fs. 16/20 del presente incidente).
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El Juez a quo no hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa al considerar que el impugnante se encontraba cuestionando de manera elíptica el auto que dispuso la elevación de la causa a juicio. Agregó que éste resulta inapelable, tal como lo dispone expresamente el artículo 352 del Código Procesal Penal de la Nación.
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Sin perjuicio de las razones brindadas por el magistrado de grado al momento de no hacer lugar al remedio presentado, lo cierto es que, tal como él mismo también desliza, de la lectura del recurso que obra a fs. 2/8 del presente incidente, se desprende que la parte no rebate de manera directa los argumentos expuestos por el juez al tiempo de rechazar la nulidad limitándose a reeditar aquellos brindados al momento de oponerla.
Fecha de firma: 23/08/2016 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.S.Q., SECRETARIA DE CÁMARA #28615037#160194354#20160823144648595 Al respecto debe recordarse que el objetivo de la ley de rito, al demandar la individualización concreta del vicio invocado, es evitar apelaciones genéricas e indiscriminadas. En ese sentido, esta S. ha dicho que el recurso de apelación debe especificar los puntos de agravio, identificar qué argumentos utilizados en el fallo resultan censurables y cuáles se soslayaron ponderar. En caso de desoírse estos presupuestos, no sería posible determinar el...
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