RECURRENTE: HIPERCIERRES S.A. s/INFRACCION LEY 11.683 DENUNCIANTE: MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Número de expediente | CPE 000124/2022/CA001 |
Fecha | 02 Mayo 2022 |
Número de registro | 190939 |
Poder Judicial de la Nación CAUSA N° CPE 124/2022/CA1, CARATULADA: “HIPERCIERRES S.A. S/ INFRACCIÓN LEY 11.683”
J.N.P.E. N° 9, SECRETARÍA N° 17. ORDEN N° 30.862. SALA “B”.
Buenos Aires, de mayo de 2022.
VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto el 10/03/2022 por la representación de HIPERCIERRES S.A. contra la resolución dictada el 07/03/2022, por la cual el señor juez a cargo del juzgado a quo resolvió declarar la incompetencia para continuar entendiendo en la causa y remitir la misma a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal para que se desinsacule el juzgado que deba intervenir en la misma.
La presentación del 22/04/2022 por la cual el representante de HIPERCIERRES S.A. informó en los términos previstos por el art. 454 del C.P.P.N.
Y CONSIDERANDO:
) Las presentes actuaciones se iniciaron con motivo de la presentación ante esta Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico de un recurso de queja por apelación denegada efectuada por el representante de HIPERCIERRES S.A. a raíz de la denegatoria del recurso de apelación interpuesto por aquella parte contra la resolución dictada por el Director de Resolución de la Fiscalización del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el 07/01/2020 en el marco del sumario N° EX2019-03419727, por la cual se aplicó a la empresa mencionada la sanción de multa de $ 70.000 por considerarla incursa en la infracción tipificada en el art. 8 del Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales, ratificado por la ley 25.212.
) Realizado el sorteo correspondiente, resultó desinsaculado para intervenir el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 9 que, por la resolución del 07/03/2022 dispuso: “…DECLINAR LA COMPETENCIA de este tribunal, en razón de la materia, para intervenir en el presente legajo y, en consecuencia, remitirlo a la Cámara Nacional de Apelaciones de Trabajo de la Fecha de firma: 02/05/2022 Capital Federal (art. 11 de la Ley 18.695)…”.
Alta en sistema: 03/05/2022
Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L.B., SECRETARIA DE CAMARA
Para decidir de esta manera, tuvo en cuenta que por el art. 11 de la ley 18.695, por la cual se reglamenta el procedimiento para la aplicación de sanciones por infracciones a las normas de ordenamiento y regulación de la prestación de trabajo, se establece que las resoluciones que impongan las sanciones por aquellas infracciones serán apelables ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en la Capital Federal o ante el Juez Nacional en lo Federal...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
